TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de febrero de 2023 El Peruano / Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 000247-2023/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N, de junio de 2022, la Secretaría Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras - CECIPU dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de la República de Chile, remite a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú la invitación para participar en el programa de cursos para el año 2023, dentro del cual se encuentra el “Curso Instructor en Educación Policial”, que se llevará a cabo en la Escuela de O fi ciales de Carabineros del “General Carlos Ibáñez Del Campo”, situada en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago de la República de Chile, con una duración de dos (2) semestres; Con, Carta S/N, de diciembre de 2022, complementado con correo electrónico de fecha 20 de diciembre de 2022, la Secretaría Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras - CECIPU comunica a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú que, en atención a la solicitud presentada por la Alférez de la Policía Nacional del Perú Libeth Hurtado Huamani para participar en el “Curso Instructor en Educación Policial”, dicha Secretaría Ejecutiva admitió su participación en el citado curso internacional, el cual se llevará a cabo del 6 de marzo al 20 de diciembre de 2023, en la Escuela de O fi ciales de Carabineros del “General Carlos Ibáñez Del Campo”, situada en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago de la República de Chile, precisando además que, dicha Alférez deberá reportarse en dicha escuela dos (2) días antes del inicio de clases; Que, con Informes N° 78-2022-ENFPP/ESCFOCON- EM y N° 039-2022-ENFPP PNP-UNIREINT/AB, de fechas 15 y 17 de octubre de 2022, respectivamente, la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, emite opinión en forma favorable sobre la participación de la citada Alférez de la Policía Nacional del Perú Libeth Hurtado Huamani en el curso antes descrito; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 31-2023-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 26 de enero de 2023, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Libeth Hurtado Huamani, del 3 de marzo al 21 de diciembre de 2023, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para participar en el “Curso Instructor en Educación Policial”, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú que el personal participante se capacite en el ámbito educacional con herramientas esencialmente doctrinales y andragógicas, a fi n que adquiera nuevos conocimientos, técnicas y experiencias; del mismo modo, se señala que dicho personal se convertirá en elemento difusor, replicando lo aprendido para el desarrollo de la labor policial en nuestro país; Que, en ese sentido, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos son asumidos por el Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras - CECIPU, tal como lo indica el prospecto de Difusión y Postulación del programa de cursos para el año 2023 adjunto a la Carta S/N, de junio de 2022, remitido por dicha entidad, y los gastos de pasajes aéreos (ida y retorno) son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de Estudios (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2023, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera pertinente continuar con la tramitación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Libeth Hurtado Huamani, del 3 de marzo al 21 de diciembre de 2023, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para participar en el “Curso Instructor en Educación Policial”; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Libeth Hurtado Huamani, del 3 de marzo al 21 de diciembre de 2023, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.