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19 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2023 El Peruano / DEBE DECIR: “Que, mediante Informe N° 000256-2023-MIDIS/ FONCODES/URH, la Unidad de Recursos Humanos, señala que la plaza de con fi anza de Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos se encuentra vacante y presupuestada bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. (…)” - En el Artículo 2.- ;DICE:“Artículo 2.- Designación Designar, a partir del 06 de julio de 2023, en el cargo público de con fi anza de Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos, al servidor Hernán Hipólito Lázaro Cabello, contratado bajo el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Decreto Legislativo N° 728.” DEBE DECIR:“Artículo 2.- Designación Designar, a partir del 6 de julio de 2023, al servidor Hernán Hipólito Lázaro Cabello, en el cargo público de confi anza de Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057.” 2195212-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de diversos gobiernos regionales, para financiar el Tramo 2 de los Compromisos de Desempeño 2023 DECRETO SUPREMO Nº 149-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al pliego Ministerio de Educación para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional en el presupuesto del Año Fiscal 2023, a favor de las unidades ejecutoras de educación de los gobiernos regionales, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento de las intervenciones priorizadas por el Ministerio de Educación, así como para el fi nanciamiento de los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales “Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular”, “Incremento en el acceso de la población a los servicios educativos públicos de la Educación Básica”, “Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva”, “Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria”, “Fortalecimiento de la educación superior tecnológica” y “Reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres”, así como acciones centrales y asignaciones presupuestarias que no resultan en productos; precisando que lo antes establecido no incluye el fi nanciamiento de contratación de personal; Que, asimismo, el numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley Nº 31638, establece que los referidos recursos son transferidos previo cumplimiento de compromisos de desempeño para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad. Los compromisos, lineamientos y condiciones son de fi nidos mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación, y se encuentran relacionados, entre otros, a las acciones de: a) Gestión oportuna de los recursos e insumos educativos que permitan una adecuada provisión del servicio educativo, b) Generación de condiciones para la mejora de la calidad de enseñanza y del proceso formativo de los estudiantes, que contribuyan a una mejor provisión del servicio educativo y c) Fortalecimiento de servicios complementarios enfocados en la atención de las necesidades de los estudiantes; Que, asimismo, el numeral 40.3 del artículo 40 de la Ley Nº 31638, establece que dichos recursos son transferidos, según el cronograma y las disposiciones que establezca el Ministerio de Educación para tal fi n, siendo que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de esta última, debiéndose publicar el decreto supremo correspondiente hasta el 14 de julio de 2023; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 079-2023-MINEDU, se aprueba la “Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado Compromisos de Desempeño 2023”, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 346-2023-MINEDU, cuyo objetivo general es establecer los lineamientos y condiciones para la implementación y cumplimiento del mecanismo de fi nanciamiento por desempeño denominado “Compromisos de Desempeño 2023”, en el marco de lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, mediante el O fi cio Nº 354-2023-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 65 510 024,00 (SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a su presupuesto institucional, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de los gobiernos regionales, para el fi nanciamiento del Tramo 2 de los Compromisos de Desempeño en materia de educación, especí fi camente de los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales “Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular”, “Incremento en el acceso de la población a los servicios educativos públicos de la Educación Básica”, “Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva”, “Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria”, “Fortalecimiento de la educación superior tecnológica” y “Reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres”, así como acciones centrales y asignaciones presupuestarias que no resultan en productos, en el marco de lo establecido en los numerales 40.1 y 40.3 del artículo 40 de la Ley Nº 31638; adjuntando para tal efecto el Informe Nº 00924-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 65 510 024,00 (SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES) a favor de veinticinco (25) gobiernos regionales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 40.1 y 40.3 del artículo 40 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año