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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2023 (15/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Sábado 15 de julio de 2023 El Peruano / jurídica y se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, supervisión, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros. Las comisiones, sean temporales o permanentes, no tienen unidades orgánicas; Que, en ese contexto, se propone la creación de una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que se encargue de emitir el Informe que identi fi que la problemática que enfrenta SEDAPAL para prestar servicios de saneamiento de calidad a la ciudadanía, y que proponga medidas orientadas al fortalecimiento y modernización de la citada empresa; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; y; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión Multisectorial Crear la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el objeto que se encargue de emitir el Informe que identi fi que la problemática que enfrenta SEDAPAL para prestar servicios de saneamiento de calidad a la ciudadanía, y proponga medidas orientadas a su fortalecimiento y modernización. Artículo 2.- Conformación2.1. La Comisión Multisectorial está conformada por los/las integrantes siguientes: a) Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, quien la preside. b) Un/a representante del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF. c) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI. d) Un/a representante del Ministerio del Ambiente - MINAM. e) Un/a representante de la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE. f) Un representante del Directorio de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL. 2.2. Los/Las integrantes de la Comisión Multisectorial ejercen sus funciones de forma voluntaria y ad honorem. 2.3. Cada uno/a de los/las representantes titulares que integran la Comisión Multisectorial, a que se re fi ere el numeral 2.1, pueden contar con un/a representante alterno/a. 2.4. Los/Las representantes titulares y alternos/as de la Comisión Multisectorial deben tener como mínimo cargos directivos o de asesor/a de Alta Dirección. Artículo 3.- Acreditación de Representantes Los/las representantes titulares y alternos/as son acreditados/as mediante o fi cio dirigido a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial, dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 4.- Función de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial cumple la función de evaluar los problemas que enfrenta SEDAPAL y emitir el informe con propuestas de medidas orientadas a su fortalecimiento y modernización.Artículo 5.- Secretaría Técnica 5.1. La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial está a cargo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 5.2. La Secretaría Técnica brinda a la Comisión Multisectorial el apoyo técnico y administrativo para el cumplimiento del objeto y función de la Comisión Multisectorial. Artículo 6.- Instalación La Comisión Multisectorial se instala en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del último día de acreditados los representantes titulares y alternos de la Comisión Multisectorial. Artículo 7.- Participación, colaboración y asesoramiento La Comisión Multisectorial puede solicitar la participación, colaboración, opinión y aportes a especialistas del sector, actores de la sociedad civil, instituciones públicas y privadas para el cumplimiento de su función. Artículo 8.- Financiamiento8.1. El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 8.2 Los gastos que involucre la participación de los/las integrantes que la conforman se fi nancian con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Vigencia La Comisión Multisectorial tiene una vigencia de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de su instalación. Al cumplimiento de dicho plazo, la Comisión presenta el Informe al/a la titular del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 10.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego y la Ministra del Ambiente. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Suprema en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en las sedes digitales de los ministerios cuyos titulares la refrendan, el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2196547-11