TEXTO PAGINA: 25
25 NORMAS LEGALES Sábado 3 de junio de 2023 El Peruano / Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, establece que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; y, que dicha resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas, y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante O fi cio N° 000374-2023-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Educación realizar una transferencia fi nanciera a su favor por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), que corresponde al 100% de la retribución económica, incluido Impuesto General a las Ventas (IGV), correspondientes a los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, por el período a auditar 2023; Que, con Memorándum N° 00305-2023-MINEDU/ SG-OGA, la O fi cina General de Administración remite el Informe N° 00051-2023-MINEDU/SG-OGA-OCCP de la O fi cina de Contabilidad y Control Previo, a través del cual solicita a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, que emita el informe previo favorable correspondiente y gestione la emisión de la Resolución Ministerial que autorice una transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), correspondiente al 100% de la retribución económica incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación por el periodo a auditar 2023, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modi fi cado por la Ley N° 30742; Que, con Informe N° 00811-2023-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable en materia de plani fi cación y presupuesto sobre la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor del Pliego 019: Contraloría General, para el fi nanciamiento del 100% de la retribución económica incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar la auditoría fi nanciera gubernamental correspondiente al periodo 2023, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modi fi cado por la Ley N° 30742; por cuanto se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y se cuenta con recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 024: Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) por la: Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar lo antes señalado, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modi fi cado por la Ley N° 30742; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; y la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, que aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 010: M. de Educación, hasta por la suma de S/ 904 579,00 (NOVECIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar el 100% de la retribución económica, incluido el IGV, correspondiente a los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría para el periodo 2023, en el marco de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; de acuerdo al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el Artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La Contraloría General de la República, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 4.- Remítase copia de la presente Resolución y Anexo a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución, en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ Ministra de Educación 2183922-1