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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (06/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Martes 6 de junio de 2023 El Peruano / Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina General de Administración de Recursos, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera señalada en el artículo 1. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Jefa del Seguro Integral de Salud 2184437-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan el II Congreso Internacional de Flagrancia “Luces y Sombras del Proceso Inmediato a diez años de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1194”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000092-2023-P-CE-PJ Lima, 2 de junio del 2023VISTO: El O fi cio N° 000038-2023-ST-FL-GA-UETICPP-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú-Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú-Poder Judicial, solicita que se o fi cialice el II Congreso Internacional de Flagrancia “Luces y Sombras del Proceso Inmediato a diez años de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1194”, que se desarrollará del 21 al 23 de agosto del presente año, en la ciudad de Lima. Segundo. Que el congreso tiene los siguientes objetivos: a) Analizar de manera crítica la implementación del Modelo Acusatorio en el Perú, a más de 17 años de su vigencia y aplicación, en cuanto a los delitos en fl agrancia delictiva; b) Conocer la experiencia del Modelo Acusatorio en Flagrancia Delictiva en Latinoamérica y Europa; c) Proponer alternativas de solución a los principales problemas en la aplicación del Código Procesal Penal de 2004, en fl agrancia delictiva, con fi nes de su consolidación; d) Difundir las principales propuestas de reformas legislativas al Código Procesal Penal, para la aplicación de la fl agrancia delictiva; e) Retos de la justicia penal en tiempos de Covid, en casos de fl agrancia delictiva; f) Realizar intercambio de criterios entre los operadores de justicia de otros países, en su aplicación de los procesos de fl agrancia; g) Impartir en todas las instancias del sistema de justicia penal una capacitación profunda diversi fi cada y actualizada, a efectos de garantizar idoneidad en la aplicación del modelo penal acusatorio, con especial énfasis en los delitos de fl agrancia, reforzando la con fi anza de la ciudadanía; y h) Fortalecer y masi fi car el funcionamiento de las unidades de fl agrancia en el Perú.Tercero. Que, otro aspecto importante para el desarrollo del congreso es la necesidad de analizar la aplicación de las diversas modi fi caciones procesales, que se viene aplicando en el sistema de justicia; así como la incorporación de especialidades en cuanto a administración de justicia. Cuarto. Que la mencionada actividad está dirigida a magistrados y magistradas, personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial, para lo cual los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país autorizarán la participación de tres jueces o juezas del Juzgado de Investigación Preparatoria, tres de Juzgado Penal Unipersonal o Juzgado Penal Colegiado, tres jueces superiores; y hasta cinco servidores jurisdiccionales y administrativos del módulo penal; asimismo, está dirigido al Ministerio Público, abogados de la defensa pública y privada, Procuradores Públicos de la especialidad, personal policial, bachilleres, alumnos de pregrado de la carrera de Derecho; y público en general. La cantidad de participantes para la citada actividad, será aproximadamente de 1000 y 1200 personas. Quinto. Que el congreso será fi nanciado por el Programa Presupuestal 086: “Mejora de los servicios del sistema de justicia penal”, Expediente Judicial Electrónico Penal y la Gerencia General del Poder Judicial; sin perjuicio que la comisión organizadora obtenga auspicios no dinerarios de instituciones para el desarrollo del evento. Por estos fundamentos, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en mérito a las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa número cero ochenta y seis guión dos mil diecinueve guión CE guión PJ, RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el II Congreso Internacional de Flagrancia “Luces y Sombras del Proceso Inmediato a diez años de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1194”, que se llevará a cabo del 21 al 23 de agosto del año en curso, de 9:00 a 13:00 horas y de 15:00 a 19:00 horas, en la ciudad de Lima; y se desarrollará en la modalidad mixta (presencial y virtual). Artículo Segundo.- Otorgar carácter o fi cial al II Congreso Internacional de Flagrancia “Luces y Sombras del Proceso Inmediato a diez años de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1194”, publicándose la presente resolución en el Diario O fi cial del Bicentenario “El Peruano”. Artículo Tercero.- Disponer que los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país designen a tres jueces o juezas de Juzgado de Investigación Preparatoria, tres del Juzgado Penal Unipersonal o Juzgado Penal Colegiado, tres jueces superiores; y hasta cinco servidores jurisdiccionales y administrativos del módulo penal, sin afectar el despacho judicial; lo que implica que no se suspenderán audiencias o la reprogramación de las mismas. Artículo Cuarto.- Autorizar la participación de 18 expositores nacionales y extranjeros, y 54 panelistas en el citado evento. Artículo Quinto.- Los gastos que demande la organización y desarrollo del certamen, respecto a pasajes nacionales e internacionales, alojamiento, alimentación, publicidad, movilidad, coffee break, souvenir, viáticos y otros, será con cargo al presupuesto del Programa Presupuestal 086: “Mejora de los servicios del sistema de justicia penal” y la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2184439-5