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37 NORMAS LEGALES Martes 6 de junio de 2023 El Peruano / Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo Tercero.– DISPONER a la Gerencia General Regional supervise las acciones administrativas necesarias para la precisión de la vigencia de la Ordenanza Regional N° 009-2021-GR-LL/CR. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, así como la publicación de la Resolución y su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal Institucional y de Transparencia del Gobierno Regional La Libertad (www.regionlalibertad.gob.pe). Artículo Quinto.– NOTIFICAR, la presente en la forma y modo de Ley a la Subgerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Gerencia General Regional, Órgano de Control Institucional, y a las demás unidades orgánicas del Gobierno Regional La Libertad que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.CESAR ACUÑA PERALTA Gobernación Regional 2184114-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal N° 305-2023-MDP/C, mediante la cual se se aprueban beneficios tributarios y no tributarios de bienvenida a favor de los contribuyentes del distrito de Pachacámac DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2023-MDP/A Pachacámac, 31 de mayo del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTOS: el informe N°196-2023-MDP/GAT-SGREC emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, el informe N°060-2023-MDP/GM/GAT emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y el informe N°149-2023-MDP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la prórroga de Ordenanza N°305-2023-MDP/C; y el memorando Nº795-2023-MDP/GM; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la misma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42° de la ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia de concejo municipal;Que, con ordenanza N°305-2023-MDP/C, se aprueban bene fi cios tributarios y no tributarios de bienvenida a favor de los contribuyentes del distrito de Pachacámac, en cuya, primera disposición complementaria transitoria y fi nal, dispone que, mediante decreto de alcaldía, se faculta al alcalde para que dicte disposiciones complementarias para el debido cumplimiento de dicha norma y/o prorrogue la vigencia de la misma; asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº004-2023-MDP/A, se prorroga al 31 de mayo de 2023, los plazos de vigencia establecidos en la señalada norma; Que, con informe del vistos, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, propone prorrogar hasta el 30 de junio de 2023, el plazo de vigencia de la referida ordenanza, en razón de despertar la conciencia tributaria en el distrito, así como incrementar el pago de las deudas anteriores y disminuir los índices de morosidad del impuesto predial, arbitrios municipales y multas administrativas, la misma que es adoptada por la Gerencia de Administración Tributaria; Que, con informe de los vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente aprobar la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza N°305-2023-MDP/C, hasta el 30 de junio de 2023, debiéndose aprobar por decreto de alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la primera disposición complementaria transitoria y fi nal de la Ordenanza N° 305-2023-MDP/C; SE DECRETA:Artículo 1.– PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal N°305-2023-MDP/C, hasta el 30 de junio de 2023. Artículo 2.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Administración Tributaria, O fi cina General de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes, y a la O fi cina de Comunicaciones e imagen Institucional, la difusión del mismo. Artículo 3.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario O fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación en el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ENRIQUE V. CABRERA SULCA Alcalde 2184281-1 Aprueban formatos estandarizados de los valores que se emiten para desarrollar las funciones de fiscalización tributaria DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2023-MDP/A Pachacámac, 1 de junio del 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTOS: el informe N°100-2023-MDP/GAT-SGFT emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el informe N°058-2023-MDP/GM/GAT emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y el informe N°147- 2023-MDP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el memorando Nº790-2023-MDP/GM cursado por la Gerencia Municipal; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar de la ley