TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Martes 6 de junio de 2023 El Peruano / despacho citado en el artículo que antecede, para los fi nes correspondientes. Artículo Sétimo .- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2184435-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS N° 01723-2023 Lima, 17 de mayo de 2023EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la señora Claire Liz Ygreda Cilliani para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción en el Registro; Que, la Secretaría Técnica ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Claire Liz Ygreda Cilliani, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018. Que, habiéndose cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Claire Liz Ygreda Cilliani, con matrícula número N-5226, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia.Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2181087-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Declaran de interés público y de prioridad el reconocimiento y promoción de la lengua de señas peruanas, como lengua de las personas con discapacidad auditiva o personas sordas en la Región La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000002-2023-GRLL-CR Trujillo, 3 de abril del 2023 “DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y DE PRIORIDAD EL RECONOCIMIENTO Y PROMOCIÓN DE LA LENGUA DE SEÑAS PERUANAS, COMO LENGUA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD AUDITIVA O PERSONAS SORDAS EN LA REGION LA LIBERTAD” EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad; de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: En Sesión Extraordinaria de fecha 30 de marzo del 2023, VISTO Y DEBATIDO el O fi cio N° 005 -2023-GRLL/ CR-COMDIS, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Desarrollo e Inclusión Social del Consejo Regional, Lic. Irma Madaleyne Avalos Contreras, que contiene el Dictamen N° 001-2023-GRLL/CR-COMDIS recaído en el Texto Sustitutorio del Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y DE PRIORIDAD EL RECONOCIMIENTO Y PROMOCIÓN DE LA LENGUA DE SEÑAS PERUANAS, COMO LENGUA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD AUDITIVA O PERSONAS SORDAS EN LA REGION LA LIBERTAD”, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al literal a) del numeral 1 del artículo 4° de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, rati fi cada mediante Decreto Supremo N° 073-2007-RE, el Estado Peruano está comprometido a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna, debiendo adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la referida Convención;