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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (10/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Sábado 10 de junio de 2023 El Peruano / NOTA: Debe cumplir con los parámetros indicados en el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010 – Aprobado mediante Ordenanza Municipal N°023-2019 Artículo Décimo.- De las Obras Propuestas De no cumplir con los parámetros anteriores, se podrán hacer propuestas para llegar a lo mínimo requerido y obtener una cali fi cación aprobatoria, las cuales deberán de ser representadas en los planos en un achurado a 45º y con las leyendas respectivas, estas obras se ejecutarán previo a la obtención de la Conformidad de Obra y Declaratoria de Edi fi cación, de no cumplir se declarará la IMPROCEDENCIA del trámite, así como la nulidad de la Licencia de Edi fi cación en vías de regularización emitida. Artículo Décimo Primero.- De las Cargas Registrales Inscritas Solo los predios que se acojan a la presente Ordenanza, podrán levantar cargas registrales como Área Libre, Retiro Municipal, Dé fi cit de Estacionamiento (no incluye aleros sobre jardín de aislamiento, ni sobre la vía Pública), este pedido se resolverá en el mismo expediente de Regularización del predio, para ello se emitirá una resolución, a fi n de levantar dichas cargas. Artículo Décimo Segundo.- De los formatos y formularios para el trámite de licencia de regularización de edi fi caciones. Los formatos y formularios aprobados para el trámite del procedimiento de regularización de edi fi caciones son los aprobados mediante la Resolución Ministerial Nº 305-2017-VIVIENDA, publicado el 18 de agosto del 2017, en la cual se aprueban los nuevos formatos, se pondrá a disposición de los usuarios los formatos y formularios a través de mesa de parte de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Para los casos que aún no cuenten con Recepción de Obra de Habilitaciones Urbanas podrán solicitar la regularización de licencia, quedando pendiente la conformidad de obras hasta la obtención de la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana. Segunda.- Se excluye de los bene fi cios y facilidades dispuestas en la presente Ordenanza, a las edi fi caciones levantadas en áreas de uso público, en jardines de aislamiento, en áreas determinadas de alto riesgo, declarados monumentos históricos, zonas arqueológicas, zonas de protección, zonas de reglamentación especial y tratamiento paisajístico o edi fi caciones levantadas en contravención de la normatividad sobre medio ambiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Se podrán acoger a la presente Ordenanza aquellos administrados que cuenten con multa administrativa por construir sin Licencia, siempre que ésta no se encuentre en etapa de ejecución coactiva. Segunda.- Todo lo que no se ha considerado y no se contraponga a la presente Ordenanza, se regirá de manera supletoria conforme a lo señalado en el Decreto Supremo Nº 035-2006-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 27157, referente a reglamentos de usos para el caso de multifamiliares. Tercera.- El plazo de vigencia de lo dispuesto en la presente Ordenanza regirá desde el día siguiente de la fecha de su publicación hasta el 31 de Diciembre de 2023. Cuarta.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro disponer las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Sexta .- Encargar a la Secretaría General y O fi cina de Logística y Servicios Generales la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y, a la Ofi cina de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Distrito de Mi Perú. Séptima .- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente de ser necesario lo dispuesto en la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cùmplase.IRVIN T CHÁVEZ LEÓN Alcalde 2186097-4 Ordenanza que modifica el Anexo N° 1 de la Ordenanza N° 005 que aprueba la tasa a cobrarse por concepto del uso del grass sintético del campo deportivo municipal, estadio municipal y piscina municipal, ubicado en la jurisdicción de la Municipalidad del Distrito de Mi Perú ORDENANZA N° 126-MDMP Mi Perú, 2 de junio de 2023 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando N° 673-2023-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 244-2023-MDMP/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 058- 2023-MDMP/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 101-2023-MDMP-GDSE de la Gerencia de Desarrollo, Social y Económico, el Informe Nº 309-2023-MDMP/GDSE-SGECDJ, presentado por la Subgerencia de Educacion Cultura, Deporte y Juventud, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Reforma Constitucional Nº 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. - Que, con el Informe Nº 309-2023-MDMP/GDES- SGECDJ, el Subgerente de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, señala lo siguiente: - Que, mediante la Ordenanza Nº 005-MDMP, se aprueba la tasa a cobrarse por concepto del uso del gras sintético del campo deportivo municipal, estadio municipal y piscina municipal, ubicado en la jurisdicción de la municipalidad del distrito de Mi Perú. - En tal sentido, se propone modi fi car el Anexo N° 01.- Servicio de la infraestructura pública deportiva y/o recreativa de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (costo por hora) del estadio Municipal. ESTADIO MUNICIPAL DIURNO NOCTURNO DIAS (De 8:00 am a 6:00 pm)(De 6:00 pm a 12:00 pm) 1 Colegios Nacionales Gratis 0 Lunes a viernes 2 Colegios Particulares S/ 60.00 0 Lunes a viernes 3 Liga de futbol S/ 100.00 0 Lunes a domingo.