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39 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de junio de 2023 El Peruano / Las imágenes aprobadas para la parte posterior de la capa externa de plástico de la TIT (que pueden ser utilizados de manera alternativa) son las siguientes: Diseño posterior de la TIT Finalmente, el número de serie único de la tarjeta se graba sobre el diseño de la capa externa de plástico, en la esquina superior derecha de la parte frontal, mediante el uso de una impresora especializada durante el proceso de personalización de la tarjeta. 2186839-1 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Modifican la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 80-2022/CEPLAN/PCD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 0043-2023/CEPLAN/PCD Lima, 12 de junio de 2023 VISTO: Proveído N° D001269-2023-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva, el Memorando N° D00150-2023-CEPLAN-DNCP y el Informe N° D000212-2023-CEPLAN-DNCP, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, el Informe N° D000074-2023-CEPLAN-DNCP-CCG, de la Especialista en Planes Estratégicos Territoriales, Regionales y Locales, y el Informe Nº D000144–2023-CEPLAN/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y,CONSIDERANDO: Que, los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú reconocen la autonomía política, económica y administrativa de los gobiernos regionales en los asuntos de su competencia, disponiendo, además, que dichos gobiernos promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de la población; Que, el artículo 32 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la gestión de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con las políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 97 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los planes de desarrollo