TEXTO PAGINA: 18
18 NORMAS LEGALES Jueves 15 de junio de 2023 El Peruano / FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 667 796,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesPROGRAMA PRESUPUESTAL 1001 : Productos especí fi cos para el desarrollo infantil temprano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 7 751 726,00 CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 1 997 530,00 ============ TOTAL EGRESOS 27 784 535,00 ============ 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas por unidades ejecutoras, se consignan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor del MINSA, INS y diversos gobiernos regionales”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1. del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de junio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2187440-1Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) DECRETO SUPREMO Nº 118-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, resulte necesario realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional - incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas -, el Poder Ejecutivo queda autorizado para que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, realice las mencionadas modi fi caciones presupuestarias, únicamente, respecto de aquellos Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito en proceso de desembolso o con contratos de préstamo suscritos; precisando que dicha acción deberá ser informada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, durante los primeros cinco (05) días hábiles de haber sido realizada; Que, mediante Decreto Supremo Nº 319-2018-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”; suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 4297/OC-PE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 376-2021-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para fi nanciar el “Programa para impulsar el Financiamiento Sostenible en la Amazonía Peruana - Oportunidad para apalancar los Bionegocios (Programa para Bionegocios)”; suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 5356/OC-PE; Que, mediante los O fi cios Nº 000070-2023/JNAC/ RENIEC y Nº 000104-2023/JNAC/RENIEC, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) solicita al Ministerio del Ambiente (MINAM) disponer la evaluación y autorización de una Transferencia de Partidas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, que permita fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional” con CUI Nº 2324655, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 319-2018-EF; Que, mediante el O fi cio Nº 00333-2023-MINAM/DM, complementado con los O fi cios Nº 00272-2023-MINAM/ SG y Nº 00467-2023-MINAM/DM, el MINAM solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor del RENIEC, con cargo a los saldos de libre disponibilidad de dicho Ministerio, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar el proyecto de inversión “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional” con CUI Nº 2324655; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 00117-2023-MINAM/SG/OGPP/OPPMI y Nº 00174-2023-MINAM/SG/OGPP/