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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (15/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 15 de junio de 2023 El Peruano / Que, fi nalmente se han emitido el Informe Técnico Nº 460-2023-GRT y el Informe Legal Nº 453-2023-GRT de la División de Distribución Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, respectivamente, con los cuales se complementa la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del Artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo 010-2016-PCM; y, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar infundados los extremos 3.1.1, 3.2.1 y 3.3.1. del recurso de reconsideración interpuesto por Enel Distribución Perú S.A.A. - Enel, contra la Resolución Nº 019-2023-OS/GRT, por los fundamentos expuestos en los numerales 3.1.2, 3.2.2 y 3.3.2. de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Declarar fundado en parte los extremos 3.4.1, 3.5.1 el recurso de reconsideración interpuesto por Enel Distribución Perú S.A.A. - Enel, contra la Resolución Nº 019-2023-OS/GRT, por los fundamentos expuestos en los numerales 3.4.2, 3.5.2 de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Modi fi car el cuadro denominado “Costos Unitarios Estándar de Operación - Zona Urbano Lima (Soles)” ítem 1 del numeral 1; cuadro denominado “Costos Unitarios Estándar de Operación - Zona Urbano Provincia (Soles)” ítem 18 del numeral 2; y cuadro denominado “Costos Unitarios Estándar de Operación - Zona Rural (Soles)” ítem 17 del numeral 3; del Anexo I de la Resolución Nº 019-2023-OS/GRT, de acuerdo a lo siguiente: Costos Unitarios Estándar de Operación - Zona Urbano Lima (Soles) Nº EmpresaCosto Unitario por AtenciónCosto Total por Gestión Administrativa 1 Enel Distribución Perú 3.69 21,524.57 Costos Unitarios Estándar de Operación - Zona Urbano Provincias (Soles) Nº EmpresaCosto Unitario por AtenciónCosto Total por Gestión Administrativa 18 Enel Distribución Perú 3.69 3,937.42 Costos Unitarios Estándar de Operación - Zona Rural (Soles) Nº EmpresaCosto Unitario por AtenciónCosto Total por Gestión Administrativa 17 Enel Distribución Perú 3.69 787.48 Artículo 4.- Incorporar, como parte integrante de la presente resolución, el Informe Legal Nº 460-2023-GRT y el Informe Técnico Nº 453-2023-GRT. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y consignarla, conjuntamente con el Informe Técnico Nº 460-2023-GRT y el Informe Legal Nº 453-2023-GRT en el portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx. MIGUEL RÉVOLO ACEVEDO Gerente de Regulación de Tarifas 2187215-1 Declaran infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A., contra la Resolución N° 019-2023-OS/GRT RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 038-2023-OS/GRT Lima, 14 de junio de 2023CONSIDERANDO:1. ANTECEDENTES Que, mediante Resolución N° 019-2023-OS/GRT, (en adelante “Resolución 019”), publicada el 05 de mayo del 2023, se aprobó los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del FISE, y su fórmula de actualización, para el periodo comprendido entre el 16 de mayo del 2023 y 15 de mayo del 2025; Que, el 24 de mayo de 2023, dentro del plazo legal, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. (en adelante “Electrocentro”), interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución 019; 2. RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Que, Electrocentro, solicita se emita una nueva resolución de costos estándares unitarios del FISE para el periodo mayo 2023 – mayo 2025, en la actividad de Costo Unitario por Agente GLP (Actividad de concretar convenios con Agentes GLP Urbano - Rural) o se implemente el método de reconocimiento de gasto del importe faltante de S/95,71 y S/142,50 para el precio unitario de la referida actividad en el ámbito urbano y rural, de modo que los montos fi nales que se aprueben para ellos sean de S/190,00 y S/240,00, respectivamente; los mismos que a su entender pueden ser como gasto administrativo o extraordinario mientras se encuentre en vigencia el contrato GR-159-2022/ ELCTO; 3. SUSTENTO DE PETITORIO Y ANÁLISIS OSINERGMIN Argumentos de la recurrente Que, Electrocentro señala que, ha habido cambios drásticos entre los costos propuestos (Resolución N° 009-2023-OS/GRT) y costos publicados mediante la Resolución N 019. Indica que ha celebrado un contrato dentro del marco de la Ley de Contrataciones con el Estado con vigencia hasta el 15 de febrero de 2025, por lo que la resolución impugnada le generaría un gran perjuicio. Señala que se estaría contraviniendo el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1031, según el cual, para la atención de encargos especiales las empresas del Estado deben de ser provistas de los recursos necesarios para su sostenibilidad fi nanciera. Señala que, la Resolución 019 afectaría directamente a Electrocentro en la ejecución del contrato GR-159-2022/ELCTO con un importe que ascendería a S/ 51,453.36; Que, indica que considerando que actualmente Electrocentro cuenta con 348 Convenios con Agentes GLP a nivel de toda su Concesión que abarca los departamentos de Junín, Cerro de Pasco, Huánuco, Huancavelica y Ayacucho (40 Provincias y 375 distritos),