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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (22/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 22 de junio de 2023 El Peruano / Estudios, resultando necesario aceptar la misma a partir del 21 de junio de 2023; Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Jefa de la O fi cina General de Administración, y del Jefe (e) de la Ofi cina de Personal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar, a partir del 21 de junio de 2023, la renuncia presentada por el servidor Fernando Jaime Ortega San Martín al cargo de Director de la Dirección de Investigación y Estudios del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, considerado de con fi anza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (www.concytec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 1 Ley que modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. 2189433-1 Designan temporalmente a servidora como Responsable de entregar la información pública solicitada al Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados – PROCIENCIA RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 033-2023-PROCIENCIA-DE Lima, 21 de junio de 2023 VISTOS: El Memorando N° D000070-2023- PROCIENCIA-DE de la Dirección Ejecutiva de PROCIENCIA, y el Informe N° D000041-2023-PROCIENCIA-UAL-DAHB el cual cuenta con Proveído N° D000268-2023-PROCIENCIA-UAL, de la Unidad de Asesoría Legal de PROCIENCIA, y; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2007-ED, y la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, establecen que el CONCYTEC es el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – SINACYT, encargado de normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica y promover e impulsar su desarrollo mediante la acción concertada y la complementariedad entre los programas y proyectos de las instituciones públicas, académicas, empresariales, organizaciones sociales y personas integrante del SINACYT; Que, mediante Ley N° 30806, Ley que Modi fi ca Diversos Artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), se modi fi ca, entre otros, el artículo 16 de la Ley N° 28303, señalándose que el Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, es una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio, encargado de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos de fuente nacional y extranjera destinados a las actividades del SINACYT, en el país; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2021-PCM publicado en el diario o fi cial El Peruano el 25 de marzo de 2021, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica, al cual PROCIENCIA absorbe por fusión en calidad de entidad absorbente. PROCIENCIA se encuentra bajo la dependencia de EL CONCYTEC, ente rector del SINACYT; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, el artículo 3 del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, concordante con el literal b) del artículo 3 y el artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y modi fi catorias, disponen que la máxima autoridad de la Entidad designará al funcionario responsable de entregar la información de acceso público mediante Resolución, la cual será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, de acuerdo con el artículo 2 del referido Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, concordante con el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, antes citados; para efectos de la mencionada Ley, se entiende por Entidades de la Administración Pública a las señaladas en el Artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dentro de las cuales se encuentran los Programas Estatales, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas y, por tanto, se consideran sujetos a las normas comunes de derecho público; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 058-2021-CONCYTEC-P publicada en el Diario O fi cial El Peruano en fecha 11 de junio de 2021, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, el cual defi ne su estructura funcional y señala en el artículo 11 que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa PROCIENCIA; Que, asimismo, los literales j), l) y q) del artículo 12 del Manual de Operaciones antes mencionado, establecen como funciones de la Dirección Ejecutiva, promover y supervisar la mejora de la calidad de servicios que proporciona el Programa PROCIENCIA, conforme a las políticas y lineamientos establecidos por el CONCYTEC en concordancia con los lineamientos del ente rector de la materia; la expedición de Resoluciones de Dirección Ejecutiva en el ámbito de su alcance, contando para ello con los sustentos técnico y legal correspondientes; y otras funciones que le corresponda por norma expresa; Que, por su parte, en virtud de lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o