Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (22/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Jueves 22 de junio de 2023 El Peruano / 2.3. Facultades en materia de Recursos Humanos: Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones del Presupuesto Analítico de Personal del Seguro Integral de Salud. Artículo 3.- Delegar las siguientes facultades en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud: 3.1. Facultades de representación: a) Representar al SIS ante municipalidades distritales y provinciales, ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), Superintendencia Nacionales de Bienes Estatales (SBN), Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Ministerio de Economía y Finanzas, otros ministerios, u otras Entidades o instancias administrativas, para iniciar cualquier procedimiento y/o realizar cualquier actividad que se encuentre dentro del ámbito de las materias de su competencia, quedando facultado/a a suscribir y presentar solicitudes, formularios, formatos y declaraciones juradas. b) Aprobar los actos de administración, actos de adquisición y actos de disposición de bienes inmuebles, de acuerdo con la normativa sobre la materia. c) Reconocer las deudas contraídas por el Seguro Integral de Salud a favor de terceros y no pagadas en su oportunidad, previa certi fi cación presupuestal e informe de la Unidad Funcional de Abastecimiento. d) Resolver sobre acciones administrativas para el castigo de las deudas incobrables, de acuerdo con la normativa sobre la materia. e) Autorizar el pago por enriquecimiento sin causa. 3.2. Facultades en materia de Contrataciones Públicas: a) Aprobar las modi fi caciones del Plan Anual de Contrataciones. b) Aprobar los procesos de estandarización. c) Aprobar las bases, las solicitudes de expresión de interés, así como las solicitudes de cotización para Comparación de Precios, que constituyen documentos del procedimiento de selección. d) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección. e) Designar a los integrantes de los Comités de Selección. f) Autorizar la contratación de expertos independientes para que integren los Comités de Selección, cuando corresponda. g) Resolver los contratos devenidos de procedimientos de selección, por las causales de ley. h) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducción de las prestaciones de bienes y servicios hasta por el límite legal establecido. i) Aprobar la subcontratación de prestaciones y cesión de posición contractual. j) Comunicar al Tribunal de Contrataciones del Estado la comisión de presuntas infracciones. k) Aprobar las modi fi caciones al Cuadro Multianual de Necesidades. Artículo 4.- Delegar las siguientes facultades en el/la Director/a Ejecutivo/a de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos del Seguro Integral de Salud: a) Tramitar, autorizar, aprobar y resolver acciones de personal relacionadas a asignaciones, ceses, remuneraciones, licencias con o sin goce de remuneración, liquidaciones de bene fi cios sociales, programación y rol de vacaciones, suscripción, modi fi cación, ampliación, prórroga y/o resolución de los contratos, suplencia y todos aquellos actos o actuaciones administrativas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal del SIS, comprendido en el régimen de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, regulado en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, así como el personal comprendido en el régimen especial de contratación laboral del Decreto Legislativo N° 1057 y su reglamento y normas modi fi catorias. b) Aprobar las bases, tramitar y autorizar las convocatorias de los procesos de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1057 y su reglamento y normas modi fi catorias; así como las bases y convocatorias de los concursos públicos de méritos del régimen laboral del Decreto legislativo N° 728. c) Emitir opinión técnica respecto al encargo de funciones y puestos de jefaturas de las unidades orgánicas del programa. d) Suscribir en nombre y representación del SIS, los acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en aquellos casos que exista mutuo acuerdo. e) Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos laborales por decisión unilateral del contratado, previa conformidad del Jefe inmediato. f) Suscribir en representación del SIS, los convenios de Prácticas Pre Profesionales y Profesionales celebrados en el marco del Decreto Legislativo N°1401 – Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2019-PCM. g) Ejercer representación legal del SIS ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, Seguro Social de Salud - ESSALUD, Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, Entidades Prestadoras de Salud – EPSs, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y Entidades Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), para intervenir en cualquier diligencia relacionada con el ejercicio de las competencias de las referidas instituciones. Esta facultad no impide que su ejercicio pueda ser realizado con la intervención de personal asignado para tal efecto, excepto lo que corresponde a la Procuraduría Pública. h) Ejecutar los mandatos judiciales en el ámbito de su competencia, en coordinación con la Procuraduría Pública del SIS. Artículo 5.- Delegar las siguientes facultades en el/la Director/a Ejecutivo/a de la Unidad Funcional de Abastecimiento del Seguro Integral de Salud: a) Suscribir los contratos, adendas que deriven de los procedimientos de selección, conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado. b) Suscribir los contratos complementarios de bienes y servicios en general. c) Aprobar las ampliaciones de plazos contractuales. d) Suscribir y resolver los contratos de bienes y servicios cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, y sus respectivas adendas. e) Expedir constancias de prestación que soliciten los contratistas. Artículo 6.- Delegar las siguientes facultades en el/la Director/a Ejecutivo/a de la Unidad Funcional de Contabilidad del Seguro Integral de Salud: a) Aprobar los requerimientos de viáticos.Artículo 7.- Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Imagen Institucional y Transparencia del Seguro Integral de Salud, las siguientes facultades: a) Presentar el formato de solicitud de autorización previa para publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral, por radio o televisión, al Jurado Electoral Especial, de acuerdo a lo establecido en el numeral 23.1 del artículo 23° del Reglamento sobre