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50 NORMAS LEGALES Jueves 22 de junio de 2023 El Peruano / Institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), a fi n de recoger comentarios, observaciones y/o sugerencias de las universidades, escuelas de posgrado y demás actores involucrados, así como de la ciudadanía en general. Segundo.- El proyecto de modi fi cación propuesto es el siguiente: «Artículo 4.- Criterios Técnicos La revalidación de grados y títulos, como mínimo, debe observar los siguientes criterios técnicos: (…) 4.2. Experiencia académica.- La universidad que revalida grados y títulos debe contar, como mínimo, con cinco (5) promociones de egresados que revelen experiencia académica en el programa de estudios a revalidar. (…).»[El subrayado es agregado]. Tercero.- Disponer que el plazo para que los interesados puedan remitir a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria sus comentarios, observaciones y/o sugerencias sobre el proyecto de «Modi fi cación del numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 119-2019-SUNEDU/CD que aprueba los Criterios técnicos para la revalidación de grados y títulos otorgados en el extranjero», sea de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Cuarto.- Disponer que los comentarios, observaciones y/o sugerencias a los que se hace referencia en el artículo anterior, puedan ser remitidos a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos, a través de la mesa de partes virtual de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (sisad@sunedu.gob.pe o https://mpv.sunedu.gob.pe/). Quinto.- Disponer que la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos se encargue de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, los comentarios, observaciones y/o sugerencias que se reciban al proyecto de «Modi fi cación del numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 119-2019-SUNEDU/CD que aprueba los Criterios técnicos para la revalidación de grados y títulos otorgados en el extranjero», a efectos de elaborar el texto de fi nitivo del citado instrumento normativo. Sexto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Septimo.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese y publíquese.MANUEL ENEMECIO CASTILLO VENEGAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 2189354-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL Designan Jefe de Oficina de la Oficina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 247-2023-SUNAFIL Lima, 21 de junio de 2023VISTOS: El Memorándum Nº 118-2023-SUNAFIL/SP, de la Superintendencia; el Informe N.º 400-2023-SUNAFIL/GG/ORH, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 449-2023-SUNAFIL/GG-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; documentos de fecha 21 de junio de 2023, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el artículo 12 y el literal f) del artículo 13 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobada por Decreto Supremo N° 010-2022-TR, dispone que la Superintendencia es el órgano de Alta Dirección que ejerce la conducción general de los órganos y unidades orgánicas de la entidad y está a cargo del Superintendente que es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego Presupuestal, y tiene por función designar y remover a los directivos y/o servidores de con fi anza de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 288-2022-TR, reordenado por la Resolución de Gerencia General N° 191-2022-SUNAFIL, y actualizado por Resolución Jefatural N° 105-2023-SUNAFIL/GG/ORH, el puesto de Jefe de O fi cina de la O fi cina de Administración tiene la clasi fi cación de empleado de con fi anza; Que, mediante el documento de vistos, la Superintendencia solicita a la O fi cina de Recursos Humanos realizar las acciones correspondientes para designar a la señora Rosa Elena Gonzales Marchena, en el puesto de Jefe de O fi cina de la O fi cina de Administración, por lo que solicita realizar la evaluación del per fi l y la hoja de vida del citado profesional, en el ámbito de sus competencias y funciones; Que, con el Informe Nº 449-2023-SUNAFIL/GG/ ORH, la O fi cina de Recursos Humanos emite opinión técnica favorable para designar a la señora Rosa Elena Gonzales Marchena en el puesto de Jefe de la O fi cina de la O fi cina de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, señalando que ha veri fi cado el cumplimiento de los requisitos previstos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la SUNAFIL, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 080-2022-SUNAFIL-GG, asimismo, indica que la mencionada persona no se encuentra impedida para el acceso al puesto en el marco de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; Que, con el informe de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica expresa opinión legal sobre la acción de personal solicitada por la Superintendencia, en función a la opinión técnica emitida por la O fi cina de Recursos Humanos, en el marco de sus funciones; lo cual hace viable la emisión de la presente resolución; Con el visado del Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos, y del Jefe (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones,