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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (29/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 29 de junio de 2023 El Peruano / Programa Impulso Empresarial MYPE – IMPULSO MYPERU, a efectos de continuar implementando medidas oportunas y efectivas, que permitan garantizar el fi nanciamiento de las micro y pequeñas empresas del país para apoyar el proceso de recuperación económico de dicho sector empresarial; así como ampliar el plazo de vigencia y el plazo de acogimiento de las reprogramaciones del Programa “Reactiva Perú” establecida en el Decreto de Urgencia N° 026-2022. Artículo 2. Ampliación de la garantía del Gobierno Nacional a los créditos del Programa Impulso Empresarial MYPE – IMPULSO MYPERU Ampliar en S/ 1 000 000 000,00 (MIL MILLONES Y 00/100 SOLES) el monto máximo autorizado para el otorgamiento de la garantía del Gobierno Nacional a los créditos del Programa Impulso Empresarial MYPE – IMPULSO MYPERU, establecido en el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 31658, Ley que crea el Programa Impulso Empresarial MYPE – IMPULSO MYPERU. Artículo 3. Vigencia El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final que se sujeta al plazo previsto en dicha disposición. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Extensión de la vigencia y plazo de acogimiento de las reprogramaciones del Programa “Reactiva Perú” Disponer, de manera excepcional, ampliar la vigencia y el plazo de acogimiento para las reprogramaciones del Programa “Reactiva Perú” a las que se re fi eren los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 026-2022 hasta el 30 de setiembre de 2023. SEGUNDA. Reglamento Operativo del Programa “Reactiva Perú y autorización para suscribir documentos 1. El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, adecúa el Reglamento Operativo del Programa “Reactiva Perú”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 134-2020-EF/15, a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del presente Decreto de Urgencia, en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. 2. Se autoriza a la Dirección General del Tesoro Público y la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos públicos y/o privados, conexos o complementarios que permitan la implementación de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del presente Decreto de Urgencia para el Programa “Reactiva Perú”. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2191770-2PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Economía y Finanzas a la República Federativa del Brasil y encargan su Despacho a la Ministra de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA N° 098-2023-PCM Lima, 28 de junio de 2023CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Economía y Finanzas ha sido invitado a participar en la Conversación de Alto Nivel de los Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo – BID de la Amazonía, a realizarse en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, el 30 de junio de 2023; Que, el objetivo del referido encuentro es i) Promover, en anticipación de la reunión de los Jefes de Estado a realizarse en Belém, en agosto de 2023, la construcción de una agenda regional para movilizar fi nanciamiento y fortalecer la coordinación para el desarrollo sostenible en la Amazonía; ii) Promover el desarrollo de planes de inversión coherentes para la región amazónica, con resultados e impactos sociales y ambientales tangibles; y iii) Formalizar las recomendaciones de los Ministros de Finanzas y Plani fi cación para ser presentadas en la Cumbre de Jefes de Estado en Belém, Brasil; Que, considerando los objetivos que tendrá la Conversación de Alto Nivel, resulta de sumo interés la participación del Ministro de Economía y Finanzas, toda vez que en esta se establecerán los aspectos relevantes para la reunión de Gobernadores para impulsar el desarrollo sostenible e inclusivo de la región amazónica; Que, en consecuencia, siendo de interés institucional y nacional la participación del Ministro de Economía y Finanzas en dicho evento, resulta necesario autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos serán asumidos por el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, sin irrogar gastos al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01 “Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas”, aprobada por Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión o fi cial, del señor Alex Alonso Contreras Miranda, Ministro de Economía y Finanzas, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, el día 30 de junio de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, sin irrogar gastos al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas a la señora Ana Cecilia Gervasi Díaz, Ministra de Relaciones Exteriores, a partir del 30 de junio de 2023 y mientras dure la ausencia del Titular.