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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (29/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Jueves 29 de junio de 2023 El Peruano / Regionales, los Gobiernos Locales y las Universidades Públicas para la emisión de los CIPRL, con la fi nalidad de establecer el marco de referencia para que dichas entidades públicas puedan asumir nuevas obligaciones a través de la suscripción de convenios de inversión bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, alineados al cumplimiento de las reglas fi scales establecidas en el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1275; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; y en el Reglamento de la Ley N° 29230 y del Decreto Legislativo N° 1534, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 210-2022-EF; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de topes máximos de capacidad anual Se aprueban los topes máximos de capacidad anual para los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y las Universidades Públicas para la emisión de los Certi fi cados de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público (CIPRL), los cuales se encuentran contenidos en los Anexos N° 1, N° 2 y N° 3, respectivamente, los mismos que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en el Diario Ofi cial El Peruano, y sus Anexos, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de la publicación de esta norma en el Diario Ofi cial. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2191769-6 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de un Gobierno Regional y de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 139-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 27 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que se han asignado recursos en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de S/ 280 000 000,00 (DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinados, exclusivamente, para el fi nanciamiento de los fi nes del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones (REI); estableciendo que la transferencia de los recursos autorizados se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público, y se incorporan en los gobiernos regionales y gobiernos locales, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; siendo la publicación de dicho decreto supremo hasta el 30 de junio de 2023; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 0004-2023- EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público aprueba la Directiva N° 0001-2023-EF/50.01 “Directiva que establece el procedimiento para el cumplimiento de indicadores y la asignación condicionada de recursos del incentivo presupuestario Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones (REI) del Año Fiscal 2023 – Primer Tramo”, aplicable a los gobiernos regionales y los gobiernos locales, cuyo plazo máximo de cumplimiento es hasta el 30 de abril de 2023; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la Directiva N° 0001- 2023-EF/50.01 establece que la asignación condicionada de recursos del REI del Año Fiscal 2023 – Primer Tramo, por el cumplimiento de los indicadores correspondientes, se realiza en función a los resultados fi nales de la verifi cación del cumplimiento de las metas. La asignación condicionada se aprueba mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; asimismo, el numeral 8.2 del citado artículo, dispone que la asignación condicionada de recursos a favor de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales que cumplan con los indicadores del REI del Año Fiscal 2023 – Primer Tramo, se realiza hasta el 30 de junio de 2023; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0013- 2023-EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público aprueba los resultados fi nales de la veri fi cación del cumplimiento de los indicadores del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones del Año Fiscal 2023 – Primer Tramo, contenidos en los Anexos I “Resultados fi nales de la veri fi cación de cumplimiento de los indicadores del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones del Año Fiscal 2023 – Primer Tramo de los Gobiernos Regionales” y II “Resultados fi nales de la veri fi cación de cumplimiento de indicadores del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones del Año Fiscal 2023 – Primer Tramo de los Gobiernos Locales”; Que, mediante el O fi cio N° D000614-2023-PCM- SSFD, la Subsecretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros en cumplimiento de lo dispuesto en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modi fi cada por la Sexta Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, remite la información de los gobiernos regionales y gobiernos locales que se encuentran comprendidos en cualquiera de los supuestos señalados en la mencionada Disposición Complementaria Final, la cual se considera para la asignación condicionada de recursos del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones (REI) del Año Fiscal 2023 –Primer Tramo; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de un (01) Gobierno Regional y 374 gobiernos locales que han cumplido con los indicadores del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones (REI) del Año Fiscal 2023 – Primer Tramo, y que no se encuentran incursos en los alcances de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modi fi cada por la Sexta Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, según lo informado por la Subsecretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 27 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modi fi cada por la Sexta Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Resolución Directoral N° 0013-2023-EF/50.01, que aprueba resultados