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113 NORMAS LEGALES Jueves 29 de junio de 2023 El Peruano / Lima hace de conocimiento público la posición institucional de ésta respecto al respeto irrestricto y absoluto de las competencias que le atañen a dicho gobierno metropolitano, por lo que en consecuencia de ello requiere al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento abstenerse de regular respecto a las materias de competencias exclusivas municipales, como los procesos de plani fi cación urbana, toda vez que éstos se realizan en el marco de condiciones especí fi cas socioeconómicas especiales, que son analizadas y reguladas mediante la plani fi cación urbana, las mismas que corresponde a las demandas y necesidades de cada ciudad; asimismo, precisa que el uso de parámetros extraordinarios para promover la vivienda social no es un instrumento válido en la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2021-VIVIENDA, y que, por lo tanto, al no estar acorde con dicha política, su uso no puede imponerse a nivel nacional; Que, asimismo, es de precisarse que a la fecha, la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra en proceso de aprobación de la reglamentación del Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima 2022 - 2040 - PLANMET 2040 (aprobado por Ordenanza N° 2499-2022), el cual ha sido gestado y aprobado luego de su coordinación con las municipalidades distritales, plateándose según las características y tipología de cada jurisdicción, los parámetros urbanísticos y edi fi catorios para la ubicación de los proyectos VIS, los que de acuerdo al artículo 48º de la Ley N° 31313, deberían ser en categorías especí fi cas como Zonas Especiales de Interés Social (ZEIS) en la provincia de Lima, y no normar parámetros paralelos y superpuestos sobre las categorías de zoni fi cación comerciales y Residenciales convencionales RDM, RDA y RDMA; Que, de otro lado, mediante el Acuerdo de Concejo N° 029-2023/MM de fecha 11 de mayo de 2023, la Municipalidad Distrital de Mira fl ores hace de conocimiento público la posición institucional de respaldar en su totalidad el Acuerdo de Concejo N° 066 de fecha 10 de marzo de 2023 emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima y a su vez dispone que en tanto no se resuelva la contienda de competencia en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y dicha comuna metropolitana y no se incorpore alguna norma complementaria a las VIS con categoría especí fi ca como las Zonas Especiales de Interés Social (ZEIS) en el PLANMET - 2040 aprobado por Ordenanza N° 2499-2022, la Municipalidad Distrital de Mira fl ores a través de sus órganos y unidades orgánicas correspondientes deberá general la emisión de una norma especí fi ca que le permita, en concordancia con lo dispuesto en las normas de los Cuadros de Densidad máxima (6.2) y Altura máxima de edi fi cación (6.4) del artículo 6° de la Ordenanza N 2361-MML, regular la forma en que atenderá los expedientes vinculados a la ejecución de proyectos de habilitación urbana y edi fi cación para viviendas de interés social en el distrito de proyectos de Habilitación Urbana y Edi fi cación para vivienda de interés social en el distrito; Que, mediante el Memorándum N° 792-2023- GM/MM de fecha 08 de mayo de 2023, la Gerencia Municipal remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe N° 109-2023-GAC/MM de la Gerencia de Autorización y Control que a su vez eleva el Informe N° 147-2023-SGLEP-GAC/MM elaborado por la Subgerencia de Licencias de Edi fi caciones Privadas, a través del cual dicha subgerencia emite opinión técnica viable sobre la propuesta de ubicación de Zonas Especiales de Interés Social (ZEIS), indicando que los proyectos que se ingresen apelando a la categoría de Edi fi cios VIS, o los que se resuelvan por intermedio de Revisores Urbanos, transitoriamente solo deberían ser admitidos si se localizan en estas ubicaciones determinadas por el Municipio de Mira fl ores en tanto se resuelva una nueva norma complementaria al respecto por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante el Memorándum N° 201-2023-GDUMA/ MM de fecha 17 de mayo de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente señala que considera pertinentes las observaciones formuladas por la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Memorándum N° 101-2023-GAJ/MM, por lo que, en atención a ello, dicha gerencia en coordinación con la Subgerencia de Licencias de Edi fi caciones Privadas han reformulado y actualizado la propuesta de ordenanza referida a la forma de atención de los expedientes vinculados a las VIS en el distrito, por lo cual solicitan archivar la propuesta de ordenanza que se remitiera a través del Informe N° 046-2023- GDUMA/MM de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y se reemplace con la propuesta de ordenanza que establece como únicas Zonas Especiales de Interés Social para el desarrollo de expedientes de licencia de edi fi cación en el distrito de Mira fl ores; Que, mediante el Informe N° 143-2023-GAJ/MM de fecha 18 de mayo de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la propuesta de ordenanza que establece como únicas Zonas Especiales de Interés Social – ZEIS para el desarrollo de expedientes de licencia de edi fi cación en el distrito de Mira fl ores las consignadas dentro del Plano contenido en el Anexo 1 de la propuesta normativa elaborada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente en coordinación con la Subgerencia de Licencias de Edi fi caciones Privadas, toda vez que la misma se alinea a lo dispuesto en la normativa vigente sobre la materia y coadyuva a la salvaguarda de la plani fi cación urbana del distrito y de los vecinos de Mira fl ores y cumple con el encargo contenido en el Acuerdo de Concejo N° 029-2023/MM, por lo cual eleva a la Gerencia Municipal la citada propuesta normativa para la prosecución del trámite respectivo y posterior aprobación, de así considerarlo pertinente el Concejo Municipal; Que, mediante el Memorándum N° 876-2023-GM/MM de fecha 18 de mayo de 2023, la Gerencia Municipal remite a la Secretaría General el Informe N° 143-2023-GAJ/MM juntamente con los actuados descritos, solicitando la prosecución del trámite respectivo, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando al Dictamen N° 025-2023/MM de la Comisión Conjunta de Asuntos Jurídicos y de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad y demás actuados, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, por UNANIMIDAD , con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE COMO ÚNICAS ZONAS ESPECIALES DE INTERÉS SOCIAL- ZEIS PARA EL DESARROLLO DE EXPEDIENTES DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES Artículo Primero .- ESTABLECER como únicas Zonas Especiales de Interés Social – ZEIS en el distrito de Mira fl ores, las establecidas en el plano contenido en el Anexo 01, el cual forma parte integrante de la presente ordenanza, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ordenanza N° 2361-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que excluye al Área de Tratamiento Normativo III de la ejecución de proyectos de habilitación urbana y edi fi cación para vivienda de interés social en la provincia de Lima; hasta que la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante norma, incorpore y reglamente una categoría especí fi ca para las viviendas de interés social en el Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima 2022 – 2040 – PLANMET 2040, aprobado mediante la Ordenanza N° 2499-2022. Artículo Segundo .- RATIFICAR la plena vigencia y obligatoria aplicación de los parámetros urbanísticos y edifi catorios establecidos en las Ordenanzas N° 342/MM y N° 920/MM para todas las categorías residenciales y/o su uso compatible por las categorías comerciales, para todo proyecto y/o anteproyecto de habilitación urbana, no comprendido en las Zonas Especiales de Interés Social – ZEIS en el distrito de Mira fl ores. Artículo Tercero.- ESTABLECER transitoriamente como parámetros edi fi catorios aplicables en las Zonas Especiales de Interés Social – ZEIS en el distrito de Mira fl ores, los establecidos en el artículo 6° de la Ordenanza Nº 2361-2021.