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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2023 (02/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Jueves 2 de marzo de 2023 El Peruano / la metodología de determinación de costos aprobado por Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM; Que, el Pleno del Consejo Regional en sesión, conforme a la documentación alcanzada, se procede a realizar la votación entre sus miembros siendo aprobado el Dictamen Nº 006-2022 CRI/CPP y AT con trece votos a favor; Que, el Consejo Regional en Pleno después del respectivo debate y votación sobre la propuesta de Ordenanza Regional, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Ley Nº 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, la Ley 28961 y la Ley 31433. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos estandarizados y servicios prestados en exclusividad, que corresponden a la Sede Regional, Direcciones Regionales de: Educación, Transportes y Comunicaciones, Producción, Trabajo y Promoción del Empleo, los mismos que se detallan en Anexo Nº 1 que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Puno. Artículo Tercero.- DISPONER, a la O fi cina de Imagen Institucional del Gobierno Regional de Puno conforme a sus atribuciones publique el presente Acuerdo Regional, la misma que entra en vigencia al día siguiente de su aprobación y publicación en el Portal Web del Gobierno Regional Puno, bajo responsabilidad. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.Comuníquese al señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 27 días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. FREDDY EFRAÍN RIVERA CUTIPA Presidente del Consejo Regional Mando se registre, publique y cumpla.Dado en Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 29 días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. GERMÁN ALEJO APAZA Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2155928-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza que establece beneficios por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2023 y fechas de vencimiento de tributos municipales ORDENANZA N° 484-2023-MDA Ancón, 8 de febrero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN; POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ancón, en Sesión Extraordinaria de fecha 08 de febrero de 2023, y;VISTOS: El Informe N° 034-2023-GATyR/MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 31.01.2023, el Memorando N° 048-2023-GPPPI-MDA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones de fecha 30.01.2023, el Informe N° 035-2023-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 02.02.2023, el Proveído N° 004-2023-GM/MDA, de fecha 03.02.2023 y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el artículo 74º del Citado Cuerpo Legal, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modi fi catorias, en su Título II, Capítulo I, establece que el Impuesto Predial, su de fi nición, alcance, base imponible y metodología, siendo norma de cumplimiento obligatorio en el territorio de las municipalidades durante cada Ejercicio Fiscal; Que, el artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modi fi catorias, dispone que las Municipalidades se encuentran facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial, equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero del año que corresponde el Impuesto; Que, en mérito al segundo párrafo del artículo 14º de la citada Ley, la actualización de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligación contemplada por el inciso a) del presente artículo, y se entenderá como válida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto; Que, de conformidad con el artículo 15º Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modi fi catorias, se establece que la obligación de pago del Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales las cuales deberán pagarse el último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM), por lo que resulta necesario establecer un cronograma de pagos; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas por el numeral 8) del Artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS POR PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2023 Y FECHAS DE VENCIMIENTO DE TRIBUTOS MUNICIPALES. Artículo Primero.- PAGO MÍNIMO DE IMPUESTO PREDIAL: Establézcase que el monto mínimo a pagar por el concepto del Impuesto Predial para el ejercicio 2023, de acuerdo al artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal es el equivalente al 0.6% de la UIT vigente para el ejercicio 2023. Artículo Segundo.- INCENTIVO POR PRONTO PAGO 1). Pago anual al contado:a) Descuento del 20% si el pago realiza en línea. b) Descuento del 20% si el pago se realiza en Caja de Tesorería de la Municipalidad Distrital en Ancón, de los Arbitrios Municipales e Impuesto Predial año 2023, en tanto y en cuanto se cancelen los dos tributos a la vez, si