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53 NORMAS LEGALES Jueves 2 de marzo de 2023 El Peruano / de Salud, DEMUNA y Bienestar Social, dentro de los integrantes del COMUDENNA; Que, mediante Informe N° 404-2022-MDA/GDIS- SGSDBS, la Subgerencia de Salud, DEMUNA y Bienestar Social emite opinión favorable respecto al proyecto de ordenanza propuesto, elevando los actuados para el pronunciamiento de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social; por lo que, mediante Informe N° 121-2022-MDA/GDIS, emite opinión considerando favorable el proyecto de ordenanza contenido en el Informe de la secretaría técnica; Que, mediante Informe N° 1106-2022-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación del proyecto de ordenanza que modi fi ca el nombre de COMUDENA y el nombre del Plan Nacional de Acción por la Infancia, así como la modi fi cación de los literales c) y d) del artículo cuarto de la Ordenanza N° 352-MDA y N° 439-MDA para incluir a la Subgerencia de Salud, DEMUNA y Bienestar Social y a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social como integrantes del COMUDENNA, la cual deberá ser aprobado por el Concejo Municipal conforme a la facultad conferida por el inciso 8) del articulo 9° de la Ley N° 27972, concordante con el articulo 40°, debiendo previamente contar con el Dictamen de la Comisión de Regidores correspondiente; Que, mediante Dictamen N° 001-2023-MDA-CDIS, la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social recomienda al Concejo Municipal, aprobar el proyecto de Ordenanza que modi fi ca el nombre de COMUDENA por COMUDENNA - Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y otros; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9° y artículo 40º de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente ordenanza; ORDENANZA QUE MODIFICA EL NOMBRE DE COMUDENA POR COMUDENNA, COMITÉ MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE ATE Artículo Primero.- MODIFÍQUESE, el nombre de COMUDENA por COMUDENNA (Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes) del Distrito de Ate; quedando sin efecto, la anterior denominación contenida en la Ordenanza N° 352-MDA y modi fi catorias, así como la Ordenanza N° 491-MDA. Artículo Segundo.- MODIFÍQUESE, la denominación del Plan Nacional de Acción por la Infancia por el de Plan Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes; quedando sin efecto la anterior denominación contenida en la Ordenanza N° 352-MDA y modi fi catorias, así como la Ordenanza N° 491-MDA. Artículo Tercero.- MODIFÍQUESE, el literal c) y d) del artículo cuarto de la Ordenanza N° 439-MDA, en los siguientes términos: “Artículo Cuarto.- Son integrantes del COMUDENNA: (…)c) Gerente de Desarrollo e Inclusión Social.d) Subgerente de Salud, DEMUNA y Bienestar Social”. Artículo Cuarto.- DISPONER, se publique la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCO VIDAL MORALES Alcalde 2155512-1MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Chorrillos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 085-2023/MDCH Chorrillos, 3 de febrero del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; VISTOS: El Informe N°024-2023-MDCH-GPP-SGPI, de fecha 19 de enero de 2023, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Institucional; El Informe N°015-2023-MDCH-GPP, de fecha 19 de enero de 2023, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; El Informe N°030-2023-MDCH-GAJ, de fecha 30 de enero de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum N°095-2023-MDCH/GM, de fecha 01 de febrero de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la propuesta de Incorporación de Servicios al Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE de la Municipalidad Distrital de Chorrillos; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, preceptúa que las municipalidades distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, señala que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la referida Ley Orgánica de Municipalidades, en el cual señala: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; y, en su artículo 6°, precisa que la Alcaldía es órgano ejecutivo del gobierno local, el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa, por lo que le corresponde aprobar y resolver asuntos administrativos a través de las Resoluciones de Alcaldía y dictarlos con sujeción a las leyes, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 6 del artículo 20° y en el artículo 43°; Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Texto Único Ordenado-TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, mediante Resolución de Alcaldía N°506-2019/ MDCH, de fecha 24 de septiembre de 2019, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE de la Municipalidad Distrital de Chorrillos; Que, mediante Informe N°024-2023-MDCH-GPP- SGPI, la Subgerencia de Planeamiento Institucional, presenta la propuesta de Incorporación de Servicios al Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE de la Municipalidad Distrital de Chorrillos; y, mediante el Informe N°015-2023-MDCH-GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto eleva la propuesta para evaluación, conforme al Texto Único Ordenado-TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N°004-2019-JUS; Que, mediante el Informe Nº 030-2023-MDCH-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal