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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2023 (11/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 11 de marzo de 2023 El Peruano / en el pliego SIS para que durante el Año Fiscal 2023, se fi nancie la continuidad de las políticas de Aseguramiento Universal en Salud dispuestas por los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 2 y los numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.7 del artículo 3 del Decreto de Urgencia 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el Aseguramiento Universal en Salud en el marco de la Emergencia Nacional por la COVID-19 y modi fi catoria, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023; Que, de conformidad con el literal b) del subnumeral 7.1 del numeral 7 de la Resolución Jefatural Nº 000209-2022-SIS/J, que aprueba la versión actualizada de la Directiva Nº 008-2022-SIS/GNF-V.02 “Directiva para el monitoreo, supervisión y seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, es responsabilidad de la Gerencia de Negocios y Financiamiento realizar el proceso de monitoreo en gabinete a nivel fi nanciero y nacional en el marco de los convenios, adendas suscritas y actas de compromiso”; Que, el SIS, el Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) y las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y los Gobiernos Regionales (GORES) han suscrito convenios para el periodo 2022-2024, así como sus respectivas adendas, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, a través del Memorando Nº 000447-2023-SIS/ OGPPDO, la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional (OGPPDO) hace suyo el Informe Nº 000008-2023-SIS/OGPPDO-DDZ, por medio del cual emite opinión previa favorable de disponibilidad presupuestal, y aprueba el Certi fi cado de Crédito Presupuestario Nº 444, por el importe de S/ 183 621 497.00 (Ciento ochenta y tres millones seiscientos veintiún mil cuatrocientos noventa y siete y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a las transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas en mérito a los convenios y adendas suscritas, y conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento (GNF) a través del Memorando Nº 000555-2023-SIS/GNF; Que, a través del Memorando Nº 000665-2023- SIS/GNF, el Gerente de la GNF hace suyo el Informe Nº 000008-2023-SIS/GNF-VSN, que propone la programación de la transferencia fi nanciera por un importe total de “S/ 22,665,988.00, de los cuales el importe de S/ 17,586,198.00 por el mecanismo de pago “Pago Per Cápita”, Tramo I – segunda transferencia, el importe de S/ 4,548,967.00 por el mecanismo pago “Pago por Prestaciones de salud”, Tramo I – segunda transferencia, y el importe de S/ 530,823.00 por el mecanismo de pago “Prestaciones Administrativas (por expediente)”, primera transferencia, cuarto grupo, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras del GORE Piura; Que, mediante Informe Legal Nº 104-2023-SIS/ OGAJ, el Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la OGPPDO y la GNF, considera viable que el Jefe del SIS en su condición de Titular del Pliego apruebe la transferencia fi nanciera hasta por el monto de S/ 22 665 988.00 (Veintidós millones seiscientos sesenta y cinco mil novecientos ochenta y ocho y 00/100 Soles) a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo Nº 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Marzo 2023” elaborado por la GNF, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas, en el marco de los convenios y adendas suscritas; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 22 665 988.00 (VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo Nº 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Marzo 2023” que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos. Artículo 2.- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - SIS por prestaciones de salud y/o administrativas diferencien, para su incorporación y ejecución, las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales, de acuerdo al Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 008-2022-SIS/GNF-V.02 “Directiva para el monitoreo, supervisión y seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, versión actualizada con Resolución Jefatural Nº 000209-2022-SIS/J. Artículo 3.- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera, según corresponda. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación de la transferencia fi nanciera descrita en el artículo 1 de la presente resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Ofi cina General de Administración de Recursos, para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera señalada en el artículo 1. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CIRO ABEL MESTAS VALERO Jefe del Seguro Integral de Salud 2159081-1 Aprueban Transferencia Financiera de FISSAL a favor de unidades ejecutoras, para el financiamiento de prestaciones de salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000037-2023-SIS/J La Victoria, 10 de marzo del 2023 VISTOS: El O fi cio N° 270-2023-SIS-FISSAL/J de la Jefa (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud; el Informe N° 004-2023-SIS-FISSAL/DIF-AALL con Proveído N° 059-2023-SIS-FISSAL/DIF de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo del FISSAL; el Informe N° 012-2023-SIS-FISSAL/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL; el Informe Nº 068-2023-SIS-FISSAL/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica del FISSAL; el Memorando N° 000613-2023-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y el Informe Legal N° 000112-2023-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; y,