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39 NORMAS LEGALES Domingo 19 de marzo de 2023 El Peruano / RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Soledad Silvia Flores Potosí, con matrícula número N-5060, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2158757-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Modifican el Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del año 2024 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2023-MDL Lince, 14 de marzo de 2023LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTO: El Informe N° 073-2023-MDL-OGPP-OPIM, de fecha 07 de marzo de 2023, de la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización; el Memorando N° 0528-2023-MDL/OGPP, de fecha 07 de marzo de 2023, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 119-2023-MDL-OGAJ, de fecha 09 de marzo de 2023, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° 077-2023-MDL-OGPP-OPIM, de fecha 10 de marzo de 2023, de la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización; el Memorando N° 0566-2023-MDL/OGPP, de fecha 10 de marzo de 2023, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 182-2023-MDL-OGAJ, de fecha 14 de marzo de 2023, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 230-2023-MDL-GM, de fecha 14 de marzo de 2023, de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y su última modi fi catoria de la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dispositivo concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 53° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado de su jurisdicción; siendo el proceso de Planeación Local, integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, conforme al artículo IX del Título Preliminar de la referida Ley N° 27972; Que, el artículo 1° de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, de fi ne al proceso como un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalecen las relaciones Estado - Sociedad Civil; para ello, los Gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que, el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, determina las fases del proceso del presupuesto participativo; siendo éstas, preparación, concertación, coordinación con otros niveles de gobierno y formalización; Que, mediante Ordenanza N° 447-2020-MDL, de fecha 12 de noviembre de 2020, se aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Lince; Que, según lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del mencionado Reglamento, el Cronograma de ejecución de las actividades del Proceso del Presupuesto Participativo se establecerá anualmente mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 01-2023- MDL, de fecha 08 de febrero de 2023, se aprueba el cronograma de actividades del proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados del año 2024; Que, el último párrafo, numeral b), artículo 25°, título III del reglamento del proceso de presupuesto participativo basado en resultados en el distrito de Lince, aprobado mediante Ordenanza N° N°447-2020-MDL, prevé que el taller de rendición de cuentas del presupuesto participativo del año anterior, se “llevará a cabo previo al inicio de los talleres de trabajo”; es decir, en la Fase de Concertación; Que, el artículo 17° de la citada Ordenanza señala que la elección del Comité de Vigilancia se realiza por votación mayoritaria simple de los agentes participantes que se encuentren presentes en el Taller de Priorización de Editora Perú es una empresa pública de derecho privado. 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