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68 NORMAS LEGALES Sábado 25 de marzo de 2023 El Peruano / Presupuesto; el Informe Nº 025-2023-GAF-MDEA, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, y el Informe Nº 039-2023-UEC/SG-MDEA, emitido por la Unidad de Estado Civil, respecto a la propuesta de Ordenanza que aprueba la Programación de Matrimonio Civil Comunitario con tarifa social de la Municipalidad Distrital de El Agustino para el año 2023; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Perú señala que, la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono; asimismo, se precisa que protegen a la familia y promueven el matrimonio; y, reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, mediante Informe Nº 039-2023-UEC/SG-MDEA emitido por la Unidad de Estado Civil, señala a fi n de propiciar la unidad familiar, a través de la promoción y organización de los matrimonios civiles de carácter comunitario o masivo, se propone la realización de tres matrimonios civiles para el presente año, con una tarifa social; Que, con Memorándum Nº 020-2023-GAJ-MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de la opinión favorable la celebración de tres matrimonios comunitarios para el presente año 2023, conforme al calendario propuesto el en informe de la Unidad de Estado Civil, entendiendo la situación social y económica de los vecinos y por estar ajustado a las normas legales vigentes; Que, el numeral 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que es atribución del Concejo Municipal crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley, asimismo el artículo 40º de la citada norma establece que mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se adoptó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PROGRAMACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO CON TARIFA SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO PARA EL AÑO 2023 Artículo Primero.- APROBAR la realización del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO CON TARIFA SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO PARA EL AÑO 2023, a realizarse en el día, hora y lugar programado: ITEMFECHA DE CELEBRACIONMOTIVO LUGAR 1SABADO 13 DE MAYO DEL 2023, A LAS 11:.00 HORASCELEBRACION DEL DIA DE LA MADRE AGUSTINIANAPLAZA DE ARMAS 2SABADO 23 DE SETIEMBRE DEL 2023, A LAS 11:00 HRSCELEBRACION DEL DIA DE LA JUVENTUD Y DE LA PRIMAVERAPASAJE LA CULTURA - CASA DE LA MUJER 3SABADO 09 DE DICIEMBRE DEL 2023, A LAS 11:00 HRSCOORDINACION CON EL COLEGIO JOHANNES GUTENBERGCOLEGIO JOHANNES GUTENBERGArtículo Segundo.- APROBAR el monto a la Tarifa Social de S/. 90.00 (NOVENTA SOLES), por derecho de Matrimonio Comunitario, para las fechas señaladas en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DISPENSAR la publicación de los edictos matrimoniales, a los que hace referencia el artículo 252º del Código Civil, para la celebración del “MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2023”. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR la recepción de expedientes matrimoniales e inscripciones hasta 7 días antes de las fechas programadas. Artículo Quinto.- ESTABLECER como requisitos indispensables para participar en la celebración del “MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2023”, los siguientes documentos: 1. Formato de Solicitud. 2. Copia certi fi cada de la Partida de Nacimiento, legible de cada uno de los contrayentes o dispensa judicial. 3. Exhibición y copia de documentos de identidad originales de los contrayentes, así como de 2 testigos para la apertura, no familiares, y de los 2 testigos para la ceremonia. 4. Certi fi cado médico vigente de ambos contrayentes de Hospital Nacional o Posta Medica. 5. Para el caso de divorciados, viudos, menores de edad y extranjeros, la información será proporcionada en la O fi cina de la Unidad de Estado Civil de la Entidad Municipal. Artículo Sexto.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Subgerencia de Planeamiento, Gestión de Procesos y Tecnología de la Información la publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe) y a la Subgerencia de Imagen Institucional su correspondiente difusión masiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 2163795-2 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Establecen la obligatoriedad de cercar, limpiar y desinfectar las propiedades en situación de terrenos sin construcción en el ámbito del distrito de Punta Hermosa ORDENANZA N° 472-MDPH Punta Hermosa, 27 de febrero de 2023EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero de 2023, el Informe Nº 023-2023 -GDUCT-MDPH, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial, de fecha 20 de febrero, y el Informe N° 028-2023-OAJ-MDPH, de fecha 22 de febrero de 2023, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,