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59 NORMAS LEGALES Sábado 25 de marzo de 2023 El Peruano / arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, entre otras; Que mediante el Decreto Supremo N° 319-2018- EF de fecha 28DIC2018, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinados a fi nanciar el Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”; asimismo, en su artículo 3°, se establece como Unidad Ejecutora del proyecto al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil -RENIEC; Que mediante el Contrato de Préstamo N°4297/OC- PE, suscrito el 06FEB2019, entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, se establecen los términos y condiciones para el otorgamiento del préstamo destinado al fi nanciamiento para la ejecución del proyecto “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”; precisándose en la Cláusula N° 4.02 de las Estipulaciones Especiales, que el Organismo Ejecutor del Proyecto es el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC; Que a través de la Resolución Jefatural N° 00106- 2019/JNAC/RENIEC (22JUL2019), el RENIEC formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 002 (UE002) “Mejora de la Calidad de Servicios Registrales RENIEC”, la cual cuenta con personería jurídica y autonomía técnica, administrativa y fi nanciera; Que a través de la Resolución Jefatural N° 000046- 2022/JNAC/RENIEC (23MAR2022), se aprobó el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública, “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, en su tercera versión; Que de conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y b) de la Cláusula número 4.06, Capitulo IV, del Contrato de Préstamo N°4297/OC-PE, las partes convienen en que la ejecución del Proyecto será llevada a cabo de acuerdo con las disposiciones del contrato y lo establecido en el Manual de Operaciones del Proyecto - MOP, describiendo que cualquier tipo de modi fi cación del MOP, será con el consentimiento previo y por escrito del Banco; asimismo, el MOP deberá contener determinados elementos que determinaran su validez; Que en esa línea, de conformidad con los documentos de vistos, el Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública RENIEC – BID, comunica al RENIEC que se ha recibido la NO OBJECIÓN del Banco Interamericano de Desarrollo al Manual Operativo del Proyecto “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, en su cuarta versión; y, en esa línea, requiere se gestione la aprobación de la modi fi cación del referido Manual Operativo por parte de la Jefatura Nacional del RENIEC; Que por su parte, a través de los documentos de vistos, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto da cuenta de la opinión favorable realizada por la Unidad de Racionalización y Modernización a su cargo, respecto a la actualización del Manual Operativo del Proyecto “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”; y, Estando a lo opinado favorablemente por la O fi cina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones y la estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000086-2021/JNAC/RENIEC, de fecha 04MAY2021 y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 000046-2022/JNAC/RENIEC (23MAR2022), por la cual se aprobó el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, en su tercera versión. Artículo Segundo.- Aprobar el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, en su cuarta versión, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento del Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, el contenido de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2163646-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS N° 00796-2023 Lima, 6 de marzo de 2023EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor John Edward Mechan Gonzales para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción en el Registro; Que, la Secretaría Técnica ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor John Edward Mechan Gonzales, postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018. Que, habiéndose cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema