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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2023 (25/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 25 de marzo de 2023 El Peruano / materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa…”; Que, el artículo 8º de la Ley 28611, Ley General del Ambiente, dispone que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2012-ED se aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental, para orientar las actividades públicas y privadas sobre promoción de la cultura y la ciudadanía ambiental en el marco del proceso estratégico de desarrollo del país; Que, la Política Nacional del Ambiente al 2030 aprobada por Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM prevé como Objetivo Prioritario Nº 9 mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía, disponiendo en su servicio OP9.S1, que el Ministerio del Ambiente deberá fortalecer las capacidades institucionales a los gobiernos sub nacionales, para la incorporación del enfoque ambiental en la educación comunitaria; estableciendo como indicador de cobertura el porcentaje de gobiernos locales que reportan la implementación de su Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA); Que, en los lineamientos: 1. Garantizar la integración del enfoque ambiental en la educación formal y comunitaria, y 2. Mejorar la sostenibilidad de la acción ciudadana en materia ambiental, de la Política Nacional del Ambiente al 2030, permiten alcanzar el Objetivo Prioritario 9. Mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía; Que, mediante los artículos 73º y 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, otorgan competencias y funciones a los gobiernos locales para promover la educación e investigación ambiental, incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles; y promover la cultura de la prevención en la ciudadanía; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 003-2023-MINAM, se aprueba el instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA); Que, de acuerdo al numeral 7, del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal para aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional; Que, la Municipalidad Distrital de El Agustino, requiere de un instrumento normativo que establezca un marco de acción claro, especí fi co y contextualizado en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental vía lineamientos y actividades que contribuya directamente a los objetivos de desarrollo sostenible local, regional y nacional; Que, mediante Informe Nº 006-2023-GDAM-MDEA emitido por la Gerencia de Desarrollo Ambiental remite el proyecto de ordenanza para la aprobación del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de El Agustino (Programa Municipal EDUCCA), formulado por la Subgerencia de Gestión Ambiental acorde al instructivo del Ministerio de Ambiente, que servirá como eje rector para la política de educación ambiental, siendo de mucha importancia en nuestro ámbito distrital, garantizando así el mejoramiento de calidad de vida de nuestra población; Que, mediante Informe Nº 049-2023-GAJ-MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que la propuesta hecha llegar por la Gerencia de Desarrollo Ambiental en cuanto a la aprobación del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de El Agustino, se ajusta a las exigencias de las normas pertinentes y a las necesidades de la comunidad sobre la materia, por lo cual deberá aprobarse mediante ordenanza municipal; Que, mediante Memorándum Nº 0265-2023-GEMU- MDEA emitido por la Gerencia Municipal, remite a la Secretaria General lo relacionado a la aprobación de la Ordenanza del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de El Agustino, propuesto por la Gerencia Desarrollo Ambiental, a fi n que sea aprobado por el concejo municipal;Por tanto, estando a los considerandos antes expuestos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, y con el voto unánime de los señores Regidores, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO Artículo Primero.- APROBAR, el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de El Agustino que, como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Ambiental, la implementación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación del Plan de Trabajo correspondiente. Artículo Cuarto.- CONVOCAR la participación activa del conjunto de instituciones y organizaciones locales, identi fi cadas vía del sistema local Gestión Ambiental (CAM, Grupo Técnico), en la implementación del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Artículo Quinto.- REALIZAR, una evaluación y reporte público de los resultados del Plan de Trabajo, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente. Artículo Sexto.- ALCANZAR, la presente Ordenanza Municipal, así como el anexo de la misma, al Ministerio del Ambiente para los fi nes de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del estado del ambiente. Artículo Séptimo.- DEJAR, sin efecto la Ordenanza Nº 690-MDEA, que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Artículo Octavo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe) y en los canales del Sistema Nacional de Información Ambiental. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 2163795-1 Ordenanza que aprueba la Programación de Matrimonio Civil Comunitario con Tarifa Social de la Municipalidad Distrital de El Agustino para el Año 2023 ORDENANZA Nº 726-2023-MDEA El Agustino, 16 de marzo de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 16 de marzo de 2023, el Memorándum Nº 0354-2023-GEMU-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 048- 2023-SG/MDEA, emitido por la Secretaria General; el Memorándum Nº 020-2023-GAJ-MDEA, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 026-2023- GPP/MDEA, emitido por la Gerencia de Planeamiento y