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56 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2023 El Peruano / Justicia de la República y Presidenta de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, del 28 de marzo al 1 de abril del año en curso, para que participe en la “Cumbre de Jueces sobre Colonización, Descolonización y Neocolonialismo”, que se llevará a cabo en la Casina Pio IV, en la ciudad del Vaticano, Italia; concediéndosele licencia con goce de haber por las referidas fechas. Artículo Segundo.- Los gastos de instalación, viáticos, pasajes aéreos y seguro de viaje internacional estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: US$ Gastos de instalación : 1,080.00Viáticos : 1,620.00Pasajes : 2,160.39 Seguro de viaje internacional : 30.00 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, jueza suprema participante; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CESAR EUGENIO SAN MARTIN CASTRO Presidente (e)Consejo Ejecutivo 2164011-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen el inicio del procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondiente al año judicial 2023 PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000159-2023-P-CSJLI-PJ Lima, 28 de marzo del 2023VISTOS:Con el O fi cio N° 000175-2023-USJ-GAD-CSJLI-PJ del 23 de marzo de 2023 de la Unidad de Servicios Judiciales, Informe N° 000011-2023-CSJR-USJ-GAD-CSJLI-PJ del 22 de marzo de 2023 emitido por la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación; y, CONSIDERANDO:Primero: Por Resolución Administrativa N° 241- 2022-P-CSJLI-PJ, de fecha 10 de julio de 2022, se aprobó lo Nomina de Martilleros Públicos correspondiente al año judicial 2022 de la Corte Superior de Justicia de Lima, la cual estuvo integrada por 78 Martilleros Públicos Segundo: Mediante Resolución Jefatural N° 098- 2023-SUNARP/ZRIX/JEF 1 de fecha 17 de febrero de 2023 de la Jefatura de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos dispuso la habilitación anual de los Martilleros Públicos para el 2023 que se encuentran comprendidos en el artículo primero de dicha resolución, con las precisiones que contienen sus artículos segundo y tercero 2.Tercero: En el informe N° 000011-2023-CSJR-USJ- GAD-CSJLI-PJ la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación recomienda emitirse la resolución administrativa que disponga el inicio del proceso de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para el año 2023, proponiendo un cronograma para dicho efecto con carácter improrrogable; para lo cual obligatoriamente deberá de darse cumplimiento a los requisitos previsto en el TUPA (procedimiento 25, abonando el concepto de Inscripción y Reinscripción de Martillero, monto S/. 35.20, al Banco de la Nación con código 07277-Dependencia Judicial Administración General del Distrito Judicial de Lima), además de precisarse que la presentación de los documentos se realizará a través de la Mesa de Partes de la Presidencia. Cuarto: Mediante O fi cio N°000175-2023-USJ-GAD- CSJLI-PJ el Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales elevó el informe N° 000011-2023-CSJR-USJ-GAD-CSJLI-PJ, solicitando la emisión de la Resolución Administrativa. Quinto: El Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial (TUPA- PJ) 3 establece en el procedimiento 25 los requisitos que deben cumplir los solicitantes en el procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos en cada Distrito Judicial, el cual debe realizarse anualmente de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Martilleros Públicos 4, siendo dichos requisitos los siguientes: i) Solicitud dirigida al Gerente de Administración de la Corte Superior de Justicia de Lima, ii) Recibo de pago por concepto de Inscripción y Reinscripción de Martillero, monto S/. 35.20 que abonará al Banco de la Nación con código 07277- Dependencia Judicial Administración General del Distrito Judicial de Lima, y iii) En el caso de reinscripción, adjuntar la resolución vigente emitida por el Órgano Desconcentrado designado de la SUNARP (cada año). Sexto: En atención a los considerandos precedentes, corresponde dictarse el acto administrativo que disponga el inicio del procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para el año 2023, para lo cual necesariamente deberá de tenerse en cuenta el procedimiento 25 del TUPA del Poder Judicial. Por lo antes expuesto y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3 y 12 del artículo noveno del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras 5, concordante con los numerales 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER el inicio del procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondiente al año judicial 2023. Artículo Segundo.- APROBAR el cronograma del procedimiento de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el año 2023, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- DISPONER que la presentación de solicitudes para la inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para el año 2023, se realizará ante la Mesa de Partes de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, debiéndose cumplir obligatoriamente con el trámite previsto para dicho efecto en el procedimiento 25 del TUPA del Poder Judicial, para lo cual los postulantes deberán de considerar que el recibo de pago gestionado ante el Banco de la Nación por el importe de S/ 35.20, por concepto Inscripción y Reinscripción de Martillero, debe ser con el Código 07277- Dependencia Judicial Administración General del Distrito Judicial de Lima. El plazo de presentación de solicitudes, según cronograma adjunto, es improrrogable. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Prensa e Imagen Institucional de esta Corte, la difusión de la presente Resolución Administrativa a través de la página web, correo institucional y redes sociales o fi ciales.