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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2023 (29/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2023 El Peruano / Con el visado de la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad, de la Subdirección de Seguimiento y Articulación, de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental, de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura, de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; el Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM; el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, Reglamento sobre transparencia, acceso a la información pública ambiental y participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 033-2016-SENACE/J que aprueba el documento técnico normativo denominado “Herramientas de Gestión Social para la Certi fi cación Ambiental del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE”. Artículo 2.- Aprobar los “Lineamientos de Gestión Social para el fortalecimiento de la Certi fi cación Ambiental del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; y, en el mismo día, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (www.gob.pe/senace). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOANNA FISCHER BATTISTINI Presidenta Ejecutiva (i)del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las InversionesSostenibles – Senace 2164533-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Aprueban formulario para la solicitud del permiso excepcional a que se refiere el Artículo 29-A del reglamento del Decreto Legislativo N° 1126 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000070-2023/SUNAT APRUEBAN FORMULARIO PARA LA SOLICITUD DEL PERMISO EXCEPCIONAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 29-A DEL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1126 Lima, 27 de marzo de 2023CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Nº 1126 y normas modi fi catorias establece medidas de control en los insumos químicos y productos fi scalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas; Que el artículo 16-A del referido decreto legislativo señala que la SUNAT otorga permiso excepcional para realizar actividades no habituales con bienes fi scalizados y que el reglamento establece el procedimiento, requisitos, plazos, otros supuestos en los que se puede otorgar el permiso excepcional, cantidades, frecuencias, volúmenes y grado de concentración, entre otros, de las actividades que se pueden realizar con bienes fi scalizados, así como otras disposiciones necesarias para su aplicación; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el referido artículo 16-A, el numeral 29-A.1 del artículo 29-A del reglamento del Decreto Legislativo Nº 1126, aprobado por el Decreto Supremo Nº 044-2013-EF y normas modi fi catorias, indica que el usuario que solicite a la SUNAT un permiso excepcional debe cumplir, entre otros requisitos, con presentar la solicitud de permiso excepcional en el formulario que se apruebe para tal fi n; Que resulta necesario aprobar el formulario a que se re fi ere el artículo 29-A del reglamento del Decreto Legislativo Nº 1126; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modi fi catorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello es innecesario toda vez que solo se aprueba un formulario a través del cual el usuario solicita el permiso excepcional en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1126 y su reglamento; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y norma modi fi catoria; y el inciso k) del artículo 10 del Documento de Organización y Funciones Provisional de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 000042-2022/SUNAT y norma modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto La presente resolución tiene por objeto aprobar el formulario para solicitar el permiso excepcional para realizar actividades no habituales con bienes fi scalizados mencionado en el artículo 29-A del reglamento del Decreto Legislativo Nº 1126, aprobado por el Decreto Supremo Nº 044-2013-EF, y normas modi fi catorias. Artículo 2.- Finalidad La presente resolución tiene por fi nalidad que el usuario de bienes fi scalizados pueda contar con un medio para solicitar ante la SUNAT el permiso excepcional para realizar actividades no habituales a que se re fi ere el artículo 16-A del Decreto Legislativo Nº 1126 y normas modi fi catorias. Artículo 3.- Aprobación de formulario Se aprueba el Formulario Nº F-105 “Solicitud de Permiso Excepcional”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. El referido formulario está a disposición en SUNAT Virtual (portal de la SUNAT en la Internet cuya dirección es http://www.sunat.gob.pe), a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional FORMULARIO F-105 SOLICITUD DE PERMISO EXCEPCIONALArtículo 16-A del Decreto Legislativo Nº 1126Artículo 29-A del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1126 1. Datos del solicitante Documento de identidadTipoSeleccione (X) N.° DNI ( ) RUC ( ) Otro( ) Especi fi car el tipo de documento