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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2023 (29/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2023 El Peruano / TÍTULO III.- Del Patrimonio Social y Régimen Económico Artículo 27º .- El patrimonio social está constituido por los bienes, muebles y/o inmuebles que puedan obtener, ya sea por adquisición a título oneroso o gratuito. En caso de donación, estas deben ser claramente especí fi cas. Artículo 28º .- El régimen económico lo constituyen las aportaciones que pudiera acordar la Asamblea General. Artículo 29º .- Concluida la fecha de vigencia de la directiva del Comité Vecinal según la Resolución expedida, mientras no se renueve la directiva, solamente el Coordinador continuará asumiendo funciones de carácter transitorio y especial. TÍTULO IV.- De las Elecciones Artículo 30º .- Las elecciones de los cargos de la Junta Directiva se realizarán la primera semana, luego de concluido el periodo dirigencial, sin perjuicio de acuerdo contrario de la Asamblea General. Artículo 31º .- La Asamblea eleccionaria, se desarrollará según lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de los Comités Vecinales y Juntas Vecinales Sectoriales del distrito de Pueblo Libre. Artículo 32º .- El cambio de la Junta Directiva saliente hará entrega de caja, y de bienes que pudiera poseer el Comité Vecinal; hecho que contará en Acta debidamente fi rmada por todos los intervinientes en duplicado. TÍTULO V.- Disposiciones Generales Artículo 33º .- Todo caso no previsto en el presente Estatuto será resuelto por la Asamblea General. Artículo 34º .- El Estatuto solo puede ser modi fi cado por la Asamblea General convocada para tal fi n. ANEXO 2: FORMATO DE ESTATUTO PARA LAS JUNTAS VECINALES SECTORIALES ESTATUTO DE LA JUNTA VECINAL SECTORIAL SECTOR .................................... DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DE LA DENOMINACIÓN, OBJETIVO, ÁMBITO TERRITORIAL, DOMICILIO Y DURACIÓN Artículo 1º .- La Junta Sectorial del Sector......................... del distrito de Pueblo Libre, se organiza dentro del marco de participación ciudadana creado por la Constitución Política de 1993, la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y las Ordenanzas Municipales que hacen posible la participación vecinal activa en el quehacer Municipal, adoptando la denominación de JUNTA VECINAL SECTORIAL DE DEL SECTOR............................................. DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE. Artículo 2º .- De conformidad a su naturaleza la JUNTA SECTORIAL DEL SECTOR............ DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE, se constituye con el objetivo de participar en el ámbito de su jurisdicción, en la coordinación, apoyo y representación de las Juntas Directivas de los Comités Vecinales de su jurisdicción para la supervisión de la prestación de los servicios públicos locales, en el cumplimiento de las Normas Legales Municipales y de carácter general y en el diseño, organización y ejecución de planes de acción que redundan en bene fi cio de la comunidad. Artículo 3º .- Constituye el ámbito territorial de la JUNTA VECINAL SECTORIAL DEL SECTOR........... DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE, él área circunscrita por..................................................................................................................................................................................................................................................... Artículo 4º .- LA JUNTA VECINAL SECTORIAL DEL SECTOR........................................ DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE, fi jará su domicilio legal dentro del Sector.................................... del distrito de Pueblo Libre y en la dirección que su Junta Directiva lo acuerde. Artículo 5º .- La duración de la Junta Vecinal Sectorial es inde fi nida e inicia sus actividades en la fecha del acta de constitución. CAPÍTULO II DE LAS ATRIBUCIONES DE LA JUNTA VECINAL SECTORIAL Artículo 6º .- Son atribuciones de la JUNTA VECINAL SECTORIAL DEL SECTOR.............................. DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE: a) Representar a sus asociados ante las autoridades públicas y terceros en general. b) Coordinar con las Juntas Directivas de sus Comités Vecinales las problemáticas comunes y las propuestas de solución de la Sector Distrital. c) Participar en el Gobierno Local a través de los diferentes mecanismos que se establezcan. d) Proponer alternativas para la solución de los problemas comunales. e) Velar por el buen funcionamiento de los servicios brindados por la Municipalidad Distrital. f) Vigilar el cumplimiento de las normas, ordenanzas, reglamentos y demás disposiciones en coordinación con la Municipalidad. g) Las demás atribuciones que le sean competentes para el cumplimiento de los objetivos contenidos en el presente Estatuto y las que le reconoce la Constitución y las leyes correspondientes. TÍTULO II DE LOS MIEMBROS CAPÍTULO I DE LOS REQUISITOS Artículo 7º .- Para ser considerado miembro activo de la Junta Vecinal Sectorial se requiere: a) El cargo de Presidente corresponde a un Coordinador en funciones, el resto de representantes puede pertenecer a la directiva de un Comité siempre y cuando acredite su representación en el proceso electoral. b) Ocupar un predio dentro del ámbito territorial de la Junta Vecinal Sectorial. c) Ser mayor de edad.d) Estar debidamente empadronado en el Comité Vecinal y cumplir los presentes Estatutos. e) Ser representante de la Directiva de un Comité Vecinal correspondiente al Sector. Artículo 8º .- Para la incorporación de nuevos miembros se requerirá además del señalado en el artículo anterior lo siguiente: a) La presentación del postulante por un (01) miembro de la Junta Vecinal Sectorial. b) La aprobación por mayoría simple de los miembros de la Junta Directiva Sectorial. CAPÍTULO II DERECHO Y OBLIGACIONES DE SUS MIEMBROS Artículo 9º .- Son derechos de sus miembros: a) Elegir y ser elegido para asumir funciones en los Comités vecinales, en las comisiones de trabajo o en las Juntas Directivas que se constituyen. b) Tener voz y voto en las Asambleas de la Junta Sectorial. c) Participar de los bene fi cios obtenidos por la Institución. d) Solicitar la convocatoria a una Asamblea, sujetándose a las disposiciones establecidas en el presente Estatuto. e) Denunciar cualquier irregularidad, acto doloso cometido en perjuicio de la población vecinal o de la Institución por algún miembro o tercera persona.