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88 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2023 El Peruano / casos de ausencia, impedimentos o delegación expresa de este. Artículo 25º .- Son atribuciones del secretario: a) Redactar las cartas de las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea General, suscribiéndola conjuntamente con el Presidente. b) Preparar la correspondencia.c) Mantener clasi fi cado el archivo de la correspondencia y demás documentos de la Junta Sectorial. Artículo 26º .- Son atribuciones de los Vocales Vecinales: a) Concertar y proponer las prioridades de gasto e inversión dentro del distrito. b) Proponer la política de salubridad.c) Apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de las obras municipales. d) Organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del distrito y en el ámbito deportivo y cultural. e) Fiscalizar la ejecución de los planes de desarrollo municipal. f) Las demás que le delegue la municipalidad distritalg) Representa al sector ante la Junta de Presidentes Sectoriales por el periodo de dos (2) años. TÍTULO IV DEL PATRIMONIO SOCIAL Y RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 27º .- El patrimonio social está constituido por los bienes muebles y/o inmuebles que se obtenga por contribuciones, subsidios y donaciones, así como también los archivos y documentos. Artículo 28º .- El régimen económico lo constituyen las aportaciones periódicas, cuotas extraordinarias y lo recaudado en actividades económicas comunales que organice la Junta Sectoriales.TÍTULO V DE LAS ELECCIONES Artículo 29º .- Las elecciones para la renovación de los cargos de la Junta Directiva, se realizará la primera semana luego de concluido el período dirigencial, pudiendo ser también cuando así lo determine la Asamblea General por causas justi fi cadas. Artículo 30º .- Podrán ser candidatos para los cargos directivos los integrantes del Comité Vecinal del sector. Artículo 31º .- La elección será directa, obligatoria y universal y se desarrollará según lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de los Comités Vecinales y Juntas Vecinales Sectoriales del distrito de Pueblo Libre. Artículo 32º .- En el proceso de elecciones para renovación de la Junta Directiva, participará la Subgerencia de Participación Vecinal como veedora y hará la convocatoria a los miembros de la Junta Vecinal a efectos de la renovación dirigencial, de igual forma se invitará a la ONPE a fi n de darle legitimidad al proceso electoral. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 33º .- Todo caso no previsto en el presente estatuto, será resuelto en la Asamblea General. Artículo 34º .- Los estatutos podrán ser modi fi cados por acuerdo de la Asamblea General a propuesta de: a) La Junta Directiva b) La Asamblea General Artículo 35º .- Para la modi fi cación de los Estatutos, se requiere el voto conforme de la mitad más uno de los votantes de la Asamblea General. 2164548-1 998 732 784 ventasegraf@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 ATENCIÓN COMERCIAL TODO LO QUE NECESITAS Y A TODO COLOR Te invitamos a conocer todos nuestros servicios en: