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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2023 (31/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2023 El Peruano / Artículo 7.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, la cual coordina para el cumplimiento del objeto y de las funciones del Grupo de Trabajo. Artículo 8.- Vigencia El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de un (1) año, contado a partir de su instalación. Artículo 9.- Colaboración La Secretaría Técnica cuenta con la asistencia especializada de todos los órganos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quienes coadyuvan al cumplimiento de los fi nes del presente grupo de trabajo. Artículo 10.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO ADRIANZÉN OJEDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2165349-1 Designan Jefe de la Unidad Funcional de Planeamiento y Presupuesto del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 017-2023-MTPE/3 Lima, 30 de marzo de 2023VISTOS: el O fi cio N° 548-2023-MTPE/3/24.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” y el Informe N° 0333-2023-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe/a de la Unidad Funcional de Planeamiento y Presupuesto del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designa a la persona que asumirá dicho cargo; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor VICTOR ALBERTO GUTARRA MONTALVO como Jefe de la Unidad Funcional de Planeamiento y Presupuesto del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIOLETA LEYVA ESTELA Viceministra de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral 2165445-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectada por la ejecución de la Obra: “Mejoramiento de la Carretera Tr. Checca - Mazocruz” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 357-2023-MTC/01.02 Lima, 28 de marzo de 2023VISTA: La Nota de Elevación N° 033-2023-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 003-2020, Decreto de Urgencia que establece disposiciones extraordinarias para la adquisición y liberación de áreas necesarias para el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad y el Plan Integral de Reconstrucción con Cambios, declara de necesidad y utilidad pública la ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre ellas la obra “Mejoramiento de la Carretera Tr. Checca - Mazocruz” y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, asimismo el numeral 4.5 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne a la Expropiación como la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada sustentada en causa de seguridad nacional o necesidad pública,