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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2023 (31/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2023 El Peruano / Dan por concluido el encargo del puesto de Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2023-SA Lima, 30 de marzo de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 006-2023-SA, de fecha 15 de marzo de 2023, se encarga a la señora Karim Jacqueline Pardo Ruiz, en el puesto de Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el encargo señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de la señora Karim Jacqueline Pardo Ruiz, en el puesto de Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2165495-6 Designan Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2023-SA Lima, 30 de marzo de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro/a de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al médico cirujano Ciro Abel Mestas Valero en el cargo de Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Salud.Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2165495-7 Aprueban Ficha de Homologación de “Gafas protectoras” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2023/MINSA Lima, 27 de marzo del 2023VISTO, el Expediente 2023-0053493, que contiene el Memorándum N° D000260-2023-DG-CENARES-MINSA emitido por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud; el O fi cio N° 000223- 2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA y el Informe N° 000043-2023-PERU COMPRAS-DES emitidos por la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; y, la Nota Informativa N° D000471-2023-OGAJ-MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, siendo la protección de la salud de interés público, por lo que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por el artículo 2 de la Ley N° 30895, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, y tiene a su cargo la función rectora a nivel nacional, la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad rectora en el sector. Su finalidad es la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación de la salud de la población; Que, los literales b) y f) del artículo 5 de la precitada Ley de Organización y Funciones, modi fi cado por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo N° 1504, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, entre otras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como regular y fi scalizar los recursos, bienes y servicios del sector salud en el ámbito nacional; Que, el artículo 121 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modi fi catorias, establece que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, competente en materia de homologación, programación de necesidades, programación y desarrollo del abastecimiento, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos en Salud; Que, el literal c) del artículo 122 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establece que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud tiene, entre otras funciones, la de realizar el proceso de homologación de