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33 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2023 El Peruano / recursos estratégicos en salud, mediante la uniformización de los requerimientos, cuando sea necesario y de acuerdo a la normativa de la materia; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, dispone que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias, a través de un proceso de homologación, debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos, conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS. Una vez aprobadas, las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, los numerales 30.1 y 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, señalan que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS, precisando que el uso de la fi cha de homologación es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, siempre que no se haya convocado el procedimiento de selección correspondiente; Que, de conformidad con el numeral 31.1 del artículo 31 del precitado Reglamento, la aprobación de la fi cha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, siendo la referida facultad del Titular indelegable; asimismo, dichos actos cuentan con la opinión favorable de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, por su parte, el numeral 31.2 del citado artículo señala que el proyecto de Ficha de Homologación se prepublica en el portal institucional de la Entidad que realiza la homologación, de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y en el SEACE, a fi n de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido, por un periodo mínimo de diez (10) días hábiles, contando la Entidad con un plazo de diez (10) días hábiles para evaluar y, de ser el caso, modi fi car el proyecto de fi cha de homologación; Que, mediante Resolución Jefatural N° 069-2020- PERÚ COMPRAS, de fecha 14 de julio de 2020, se aprueba la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS “Proceso de Homologación de Requerimientos”, con el objetivo de establecer disposiciones generales y especí fi cas que regulen el proceso de homologación de requerimientos, que realizan los Ministerios en el ámbito de sus competencias, priorizando aquellos que sean de contratación recurrente, de uso masivo y/o aquellos identi fi cados como estratégicos; Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8.10 y 8.13 de la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS, una vez concluidas las actividades de prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación y evaluación de comentarios, recomendaciones y observaciones, la Entidad solicitará a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS emitir opinión respecto de la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación, presentando su Expediente de Solicitud de Opinión; y, contando con la opinión favorable de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante resolución del Titular de la Entidad solicitante, la cual deberá publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, respecto al procedimiento correspondiente para la aprobación del proyecto de Ficha de Homologación, el numeral 8.13 de la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS establece que el Ministerio inicia el procedimiento que corresponda para su aprobación, la cual deberá realizarse en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida la noti fi cación de la opinión favorable por parte de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, asimismo, el numeral 8.13.2 de la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS establece que el Ministerio, bajo responsabilidad del Titular, deberá remitir a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, el mismo día de publicada en el Diario O fi cial El Peruano, la Resolución y la Ficha de Homologación aprobada, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; Que, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, en el marco de sus funciones, elaboró el proyecto de Ficha de Homologación de: “Gafas protectoras”; Que, mediante O fi cio N° 000223-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS remite el Informe N° 000043-2023-PERÚ COMRAS-DES, a través del cual la Dirección de Estandarización y Sistematización de la emite opinión favorable sobre el proyecto de Ficha de Homologación de: “Gafas protectoras”, al cumplir con los lineamientos y requisitos establecidos para su formulación; Que, mediante Memorándum N° D000260- 2023-DG-CENARES-MINSA sustentado en la Nota Informativa N° D0000178-2023-DP-CENARES-MINSA, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, solicita la aprobación del proyecto de Ficha de Homologación de: “Gafas protectoras”, adjuntando para dicho efecto el mencionado proyecto de Ficha de Homologación debidamente suscrito; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Nota Informativa N° D000471-2023-OGAJ-MINSA, emite opinión legal con relación a la aprobación del proyecto de Ficha de Homologación solicitada, señalando que resulta legalmente procedente continuar con el trámite de suscripción del acto resolutivo que las formalice; Con el visado del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias; la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS “Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por la Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS; el Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Ficha de Homologación de “Gafas protectoras”, cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, conforme al siguiente detalle: N° CÓDIGO CUBSO DENOMINACIÓN DEL BIEN 1 4618180200390770 Gafas protectoras Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General remita a la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el mismo día de publicación de la presente resolución, la Ficha de Homologación aprobada mediante el artículo 1, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción