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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2023 (06/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Sábado 6 de mayo de 2023 El Peruano / 2. Cláusula segunda: Objeto Al haberse veri fi cado el cumplimiento de las metas establecidas, conforme a la evaluación realizada por SERVIR, por la presente Adenda, las partes acuerdan prorrogar la vigencia del Contrato Nº ............ del XX de ...........del 202.. hasta el ................... de 202… 3. Cláusula tercera: Vigencia de las demás cláusulas del contrato de locación de servicios LAS PARTES dejan constancia que se mantienen vigentes las demás cláusulas del contrato de locación de servicios aludido en la cláusula primera en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente Adenda. Asimismo, el CONSULTOR FAG se obliga a mantener actualizada la información que con carácter de declaración jurada forma parte del Contrato (Anexos 2 y 3, y demás documentación sustentatoria), comprometiéndose a remitir oportunamente la información o documentación correspondiente a la ENTIDAD. En señal de conformidad, las partes fi rman la presente Adenda por triplicado, distribuyéndose un ejemplar para cada una de las partes y otro para la Unidad Transitoria de Pago constituida en la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, En …… (ciudad), a los ……. días del mes de …….. de 20…. EL CONSULTOR FAG LA ENTIDAD Nota: Adjuntar el Anexo N° 2: Declaración Jurada actualizada. Anexo D COMPETENCIAS DE SERVIR Y LA UTP EN LA REVISIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓNSERVIR REVISA:UNIDAD TRANSITORIA DE PAGO REVISA: Directiva N° 002-2023-EF/43.0 1 Anexo A - Términos de Referencia del Servicio- Numeral 2 “Requisitos mínimos 1” - Numeral 3 “Descripción de Actividades”- Numeral 6 “Cargo”- Numeral 1 “Entidad” - Numeral 4 “Vigencia del Contrato”- Numeral 5 “Honorarios mensuales”- Numeral 7 “Conformidad del Servicio”- Firma del funcionario que suscribe el Anexo A Anexo B - Contrato de Locación de Servicios- Directiva N° 04-2021-EF/43.01 Anexo N° 02 “Declaración Jurada”- Anexo N° 03 “Datos del Consultor”- Anexo N° 05 “Certi fi cación” -  Anexo N° 07 Curriculum Vitae Documentado - Reporte emitido por la entidad bancaria donde se realice el abono de los honorarios profesionales- Reporte de Habilitación profesional vigente, en caso constituya un requisito establecido.- Verifi cación sobre la inexistencia de impedimentos e inhabilitaciones por parte de los consultores FAG para el ejercicio de la función pública.Anexo E Cronograma para la emisión de Contratos de Locación de Servicios y Adendas Contrato (*) Prórroga (**) Fecha de inicio Fecha de fi n Fecha de inicio Fecha de fi n Del 01/05/2023 al 31/05/202331/08/2023 01/09/2023 31/12/2023 Del 01/06/2023 al 30/06/202330/09/2023 01/10/2023 31/12/2023 Del 01/07/2023 al 31/07/202330/09/2023 01/10/2023 31/12/2023 Del 01/08/2023 al 31/08/202331/10/2023 01/11/2023 31/12/2023 Del 01/09/2023 al 30/09/202331/10/2023 01/11/2023 31/12/2023 Del 01/10/2023 al 31/10/202330/11/2023 01/12/2023 31/12/2023 Del 01/11/2023 al 02/11/202330/11/2023 01/12/2023 31/12/2023 (*) Las Entidades receptoras deberán tener en cuenta las fechas establecidas en el presente cronograma al momento de suscribir los contratos con sus consultores FAG, dependiendo del mes en que nos encontremos; así por ejemplo, en el mes de junio, los contratos podrán iniciar en cualquier día del mes de junio y culminarán como máximo el 30.09.2023; en cambio, en el mes de noviembre, solo podrán iniciar el día 1 o 2 de noviembre y culminarán como máximo el 30.11.2023, considerando la evaluación de medio término que debe realizar SERVIR. (**) Las Entidades receptoras deberán tener en cuenta que las adendas de prórroga que suscriban con sus consultores FAG, deberán ser presentadas, mediante ofi cio, a la UTP, antes de los últimos tres (03) días hábiles de su vencimiento, conforme a lo indicado en el numeral 5.2.14 de la presente Directiva y solo podrán celebrarse hasta el 31 de diciembre de 2023. 1 Veri fi ca el cumplimiento del per fi l en base a la documentación remitida por la entidad receptora en el Anexo N° 07 “Curriculum documentado”. 2175389-1 EDUCACIÓN Designan Viceministra de Gestión Institucional RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2023-MINEDU Lima, 5 de mayo de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro(a) de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la funcionaria que ejercerá el referido cargo; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora FATIMA SORAYA ALTABAS KAJATT en el cargo de Viceministra de Gestión Institucional del Ministerio de Educación.