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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2023 (06/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 6 de mayo de 2023 El Peruano / Ley del Código de Ética de la Función Pública y otras normas vinculadas a la materia; por lo que su conducta se encuentra acorde a las disposiciones de dicha Ley y normas conexas. En ese sentido, declara someterse a las consecuencias que se deriven de la realización de acciones u omisiones que la vulneren o transgredan. Asimismo, el CONSULTOR FAG se compromete a: i) comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y ii) adoptar medidas apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas. b) ConductaEl CONSULTOR FAG deberá evitar cualquier acción y en particular cualquier tipo de pronunciamiento público que pudiera afectar adversamente la relación, integridad, independencia e imparcialidad requeridas en este acuerdo. Asimismo, el CONSULTOR FAG deberá en todo momento tener la reserva y el tacto requeridos en razón de su relación con la ENTIDAD. 13. Cláusula décima tercera: Compensación por daños en el servicio Este contrato no genera derechos de seguros de vida o de incapacidad o de salud para el CONSULTOR FAG. En caso de incapacidad del CONSULTOR FAG para el cumplimiento del presente contrato, las partes acuerdan que el presente contrato quedará resuelto. 14. Cláusula décima cuarta: Títulos de propiedad y confi dencialidad de la información Los títulos de propiedad, derechos de autor y todo otro tipo de derechos de cualquier naturaleza sobre cualquier material producido bajo las estipulaciones de este Contrato son cedidos a la ENTIDAD en forma exclusiva y sin costo adicional alguno. La información obtenida por el CONSULTOR FAG dentro del cumplimiento de sus obligaciones, así como sus informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance de manera directa o indirecta, relacionados o no con la ejecución de sus actividades, serán con fi denciales, no pudiendo ser divulgados por el CONSULTOR FAG sin la autorización expresa previa y por escrito de la ENTIDAD. 15. Cláusula décimo quinta: Información no publicada. Confi dencialidad El CONSULTOR FAG no podrá comunicar a ninguna persona, República u otra entidad ajena al presente contrato, la información no publicada o de carácter reservado o con fi dencial de que haya tenido conocimiento con motivo de la ejecución de sus obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que la ENTIDAD lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo. Esta obligación de reserva o con fi dencialidad seguirá vigente aun después del vencimiento del plazo, de la rescisión o resolución del presente contrato, haciéndose responsable el CONSULTOR FAG de los daños y perjuicios que pudiera irrogar la difusión de datos o informes no publicados. 16. Cláusula décimo sexta: DeclaracionesAl momento de suscribir el presente contrato, el CONSULTOR FAG informará, con carácter de declaración jurada, a la ENTIDAD, mediante el formato denominado Datos del CONSULTOR FAG (Anexo N° 3 de los Lineamientos Generales), la información requerida para efectos de realizar la declaración PDT - PLAME y el abono de sus honorarios. Si fuera falsa o inexacta esta declaración o si tales actividades resultaran incompatibles, se podrá resolver el presente contrato sin derecho a indemnización o ninguna compensación a favor del CONSULTOR FAG, reservándose la ENTIDAD y la Unidad Transitoria de Pago constituida en la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas el derecho de accionar legalmente, si de tal violación surgiera un daño o perjuicio. 17. Cláusula décimo séptima: ArbitrajeLas controversias que pudieran surgir a partir de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se re fi eran a su nulidad e invalidez, serán resueltas de manera de fi nitiva e inapelable mediante arbitraje unipersonal de derecho, una vez agotados todos los intentos por resolverlas mediante negociación. El Laudo Arbitral emitido será vinculante para las partes y pondrá fi n al procedimiento de manera de fi nitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. 18. Cláusula décimo octava: Noti fi caciones Cualquier comunicación que las partes deban cursarse, como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, deberá efectuarse en los domicilios y correo electrónico señalados en la parte introductoria del mismo. Para que surta efecto cualquier cambio de domicilio, las partes deberán comunicarlo por escrito, con una anticipación no mayor a tres (3) días de producirse el cambio. En señal de conformidad, las partes fi rman el presente contrato por triplicado, distribuyéndose un ejemplar para cada una de las partes y otro para la Unidad Transitoria de Pago constituida en la O fi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas. En …… (ciudad), a los ……. días del mes de ……….. de 20…. LA ENTIDAD El CONSULTOR FAG Anexo C ADENDA Nº …… AL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Nº ………………….. Conste por el presente documento una Adenda al Contrato de Locación de Servicios N° …………..que suscriben de una parte …………………….…. (nombre de la ENTIDAD), con Registro Único de Contribuyente N° …………., con domicilio en ………………… (Distrito, Provincia y Departamento), representado por ……………………...., en virtud de la Resolución ………… (tipo) N° ………., (cargo de la autoridad que fi rma), identi fi cado con D.N.I. N° …………. , a quien en adelante, se denominará la ENTIDAD; y de otra parte, ………..……………con Registro Único de Contribuyente N° ……………….. , identi fi cado con D.N.I Nº …………, con domicilio en ……………………… (Distrito, Provincia y Departamento), número de teléfono ……..……, correo electrónico ………………….., a quien en adelante se denominará el CONSULTOR FAG; en los términos y condiciones siguientes: 1. Cláusula primera: AntecedentesEn el marco del Decreto Ley N° 25650 y el Decreto de Urgencia N° 053-2009, cuya vigencia se declaró permanente mediante la Centésima Décima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2012; así como en el Decreto de Urgencia N° 002-2023 y el Decreto Supremo N° 044-2023-EF, la ENTIDAD, con fecha …………………….. de 202…, celebró con el CONSULTOR FAG el Contrato de Locación de Servicios N° …….. por el periodo del (día, mes y año) al (día, mes y año) y la(s) Adenda(s) N° 000-__, N° 000-__..., por el periodo comprendido del (día, mes y año) al (día, mes y año) , pactándose los honorarios mensuales del CONSULTOR FAG la suma mensual de S/ [en números], [(en letras) y 00/100 Soles].