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29 NORMAS LEGALES Sábado 6 de mayo de 2023 El Peruano / del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; Que, los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27619, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad y tiene que publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en su Reglamento; asimismo indica que la autorización de viajes al exterior para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, y señala que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográ ficas, siendo que para América del Norte es el siguiente monto: US$ 440,00 (Cuatrocientos cuarenta y 00/100 Dólares Americanos); Que, el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que los Ministros de Estado que en misión oficial viajen al exterior del país, utilizarán pasajes de la categoría negocios; asimismo, indica que los funcionarios que no ostenten el rango antes señalado, utilizarán la categoría económica; Que, mediante la Invitación - Ref: 0065-410 de fecha 14 de febrero de 2023, la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT invitó a participar en la “14º Reunión del Comité Cientí fico Asesor de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y Grupos de Trabajo Complementarios”, a realizarse en la ciudad de La Jolla - California – Estados Unidos de América, del 11 al 19 de mayo del 2023; Que, el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 020- 2023-CD/O, adoptado en la Quinta Sesión Ordinaria celebrada el 24 de abril de 2023, se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentado en el Memorándum Nº 122-2023-IMARPE/DGIRP (el cual contiene el Informe Técnico Sustentatorio Nº 003-2023), el Memorándum Nº 336-2023-IMARPE/AFRH, el Memorándum Nº 0370-2023-IMARPE/AFLeI, el Memorándum Nº 086-2023-IMARPE/AFC, el Memorándum Nº 109-2023-IMARPE/OGPP, la Certi ficación de Crédito Presupuestario Nº 0000000430-2023 de fecha 10 de marzo de 2023, la Certi ficación de Crédito Presupuestario Nº 0000000403-2023 de fecha 13 de abril de 2023 y el Informe Nº 149-2023-IMARPE/OGAJ, emitidos por la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, el Área Funcional de Recursos Humanos, el Área Funcional de Logística e Infraestructura, el Área Funcional de Contabilidad, la O ficina General de Planeamiento y Presupuesto, y la O ficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, todos del IMARPE;Que, mediante la Certi ficación Nº 020-2023-CD/O, la Secretaria del Consejo Directivo del IMARPE certi ficó el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 020-2023-CD/O, adoptado en la Quinta Sesión Ordinaria celebrada el 24 de abril de 2023, por el cual se aprueba y autoriza el viaje de la señora Ana Renza Paola Alegre Norza Sior y del señor José Luis Salcedo Rodríguez, profesionales del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, para que participen en la “14º Reunión del Comité Cientí fico Asesor de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y Grupos de Trabajo Complementarios”, a realizarse en la ciudad de La Jolla - California – Estados Unidos de América, del 11 al 19 de mayo del 2023; asimismo, autorizó los gastos por concepto de pasaje internacional y viáticos; Que, mediante los O ficios Nos. 000291-2023-IMARPE/ DEC y 000302-2023-IMARPE/DEC, el Director Ejecutivo Cientí fico del IMARPE solicita la autorización de viaje, en comisión de servicios, de la señora Ana Renza Paola Alegre Norza Sior y del señor José Luis Salcedo Rodríguez, profesionales del IMARPE, para que participen en la “14º Reunión del Comité Cientí fico Asesor de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y Grupos de Trabajos Complementarios”, a realizarse en la ciudad de La Jolla - California – Estados Unidos de América, del 11 al 19 de mayo del 2023, así como autorizar su salida del país el 08 de mayo de 2023 y su retorno el 20 de mayo de 2023, adjuntando la documentación con la información necesaria para tales fines; Que, de conformidad con el Informe Técnico Sustentatorio Nº 003-2023, adjunto al Memorándum Nº 122-2023-IMARPE/DGIRP emitido por la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del IMARPE, se indica que con la participación del IMARPE en la mencionada reunión, se recibirá información actualizada sobre el desarrollo de la pesquería de túnidos y especies a fines, los cuales serán utilizados en la implementación de las bases para el estudio de estos recursos y sus pesquerías en nuestro país; asimismo, se promoverá la cooperación entre los miembros de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), a través de sus instituciones de investigación; de igual forma, se establecerán contactos con algunos miembros de la mencionada comisión con la finalidad de conseguir fondos económicos y el apoyo de la investigación del perico o dorado y otras especies asociadas y dependientes como lo tiburones, siendo necesario recibir capacitación o entrenamiento para que los análisis puedan ser realizados por cientí ficos de evaluación de poblaciones en los mismos países donde se desarrolla la pesquería del perico; y, establecer las acciones necesarias para la aplicación de los lineamientos técnicos cientí ficos que apoyen al desarrollo sustentable de la pesquería del atún en el Océano Pací fico Oriental (OPO); Que, mediante el Memorando Nº 00000458-2023-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura emitió conformidad a la solicitud de autorización de viaje, presentada por el IMARPE; Que, mediante el Informe Nº 00000590-2023-PRODUCE/OGAJ, la O ficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable que, mediante resolución ministerial, se autorice el viaje en mención; Que, en consecuencia, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Ana Renza Paola Alegre Norza Sior y del señor José Luis Salcedo Rodríguez, profesionales del IMARPE, para que participen en la “14º Reunión del Comité Cientí fico Asesor de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y Grupos de Trabajos Complementarios”, a realizarse en la ciudad de La Jolla - California – Estados Unidos de América, del 11 al 19 de mayo del 2023, así como autorizar su salida del país el 08 de mayo de 2023 y su retorno el 20 de mayo de 2023; Con las visaciones del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y de la O ficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la