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48 NORMAS LEGALES Martes 9 de mayo de 2023 El Peruano / Lic. Jeankarlo Marthin Palomino Pinedo, Gerente de Desarrollo Social, comunica que se debe convocar a elecciones complementarias de Autoridades Municipales de los Centros Poblados de la Provincia de Cajabamba para el periodo 2023-2026 en los Centros poblados de CALLUAN, TABACAL y CHOLOCAL. Por su parte, la Ordenanza Municipal N° 006- 2022-MPC, de fecha 03 de marzo de 2022, Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Elecciones de las Autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cajabamba, en su artículo 10 respecto a la convocatoria señala: “El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajabamba, mediante Decreto de Alcaldía convoca a elecciones de autoridades de los Centros Poblados de la Provincia de Cajabamba, (…)” En virtud de los considerandos expuestos, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y en cumplimiento de las normas vigentes; DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCATORIA A ELECCIONES COMPLEMENTARIAS DE CENTROS POBLADOS Convóquese a elecciones complementarias de autoridades de Municipalidades de los Centros Poblados de CALLUAN, TABACAL y CHOLOCAL, para el periodo 2023-2026., a llevarse a cabo el día 03 de diciembre de 2023. Artículo Segundo.- ÓRGANO ENCARGADO Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Social y la Sub Gerencia de Participación vecinal las coordinaciones necesarias con la ONPE a efectos de desarrollar el cronograma electoral y además las acciones que resulten necesarias con el objeto de coadyuvar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, Ley 31079, Ley que modi fi ca la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las Municipalidades de Centros Poblados, Modi fi cada por la Ley N° 30937, y la Ley 28440, Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados, Resolución N° 0066-2023-JNE. Artículo Tercero.- COMUNICACIÓN Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Participación Vecinal Comunique dentro de 05 días hábiles al Jurado Nacional de Elecciones y a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales ONPE, lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Artículo Cuarto.- CONOCIMIENTO Póngase de conocimiento a las áreas involucradas con las formalidades de ley. Articulo Quinto.- PUBLICACIÓN Encargase a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía conforme a los procedimientos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.JUAN PÉREZ CAMPOS Alcalde 2175846-1