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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2023 (09/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Martes 9 de mayo de 2023 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO. VISTOS: el Informe N° 115-2023-GP/MDSJL de la Gerencia de Plani fi cación, de fecha 04 de abril de 2023; el Informe Legal N° 101-2023-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 11 de abril de 2023; el Proveído N° 1050-2023-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, de fecha 14 de abril de 2023, el Memorando N° 963-2023-MDSJLISG de fecha 14 de abril de 2023 de la Secretaria General, el Informe N° 789-2023-SGRH/GAF/MDSJL de fecha 18 de abril de 2023 de la Subgerencia de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194 que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía administrativa que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme lo desarrolla el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, las competencias y funciones especí fi cas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, por lo que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones establece en el artículo 1 que dicho sistema administrativo del Estado, tiene como fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 5.1 del artículo 5º de la precitada norma señala que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el numeral 9.3 del Artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 248-2018-EF y modi fi catorias, indica que una de las funciones del Órgano Resolutivo es: “Designar al Responsable de la OPMI de acuerdo con el per fi l profesional que establece la DGPMI. Dicho Responsable no puede formar parte de ninguna OPMI, UF o UEI”; Que, el numeral 6.1 del Artículo 6º Directiva Nº 001- 2019-EF/63.01 “Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 y modi fi catorias, establece que “El OR designa a la OPMI así como a su Responsable mediante la resolución o acto correspondiente, debiendo comunicar dicha designación a la DGPMI a través del Formato Nº 01-A: Registro de la OPMI y su Responsable para su registro en el Banco de Inversiones”; Que, en virtud a lo señalado se dispuso en el artículo primero de la Resolución de Alcaldía Nº 052-2023-A/MDSJL dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 747-2022-A/MDSJL de fecha 01 de julio de 2022 y todo acto resolutivo que se oponga o contradiga a la presente resolución, por los motivos expuestos en los considerandos; asimismo en el artículo segundo se dispuso designar a la Gerencia de Plani fi cación como O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; y en el artículo tercero al señor Edward Enrique Manrique Vásquez, como responsable de la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones de la entidad municipal; Que, mediante Informe Nº 115-2023-GP/MDSJL de fecha 04 de abril de 2023 la Gerencia de Plani fi cación señala que de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones – ROF vigente de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el citado órgano tiene funciones, entre otras, las inherentes a la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones –OPMI; siendo que el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01 Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones determinan los requisito del per fi l profesional establecido en el formato a que se re fi ere el párrafo 6.1; asimismo indica que para la designación del responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la Municipalidad su modalidad está bajo régimen especial de contratación administrativa de servicios (Régimen CAS) el cual deberá ser efectivizado mediante Resolución de Alcaldía y ser informado en el acto a la Dirección General de Programación Multianual del MEF para el reconocimiento correspondiente para los nuevos actos administrativos; adicionalmente señala que propone como responsable de la OPMI en la MDSJL al señor Julio Alberto Vásquez Díaz, quien se encuentra bajo la modalidad de RECAS; y recomienda la aprobación mediante el acto resolutivo, considerando que el profesional responsable de la OPMI debe ser asumido por el Gerente de Plani fi cación en atención al artículo 6 de la Directiva antes acotada y que considera al Formato Nº 01-A como tal; Que, con Informe Legal Nº 101-2023-GAJ/MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, remitido a la Gerencia Municipal con fecha 13 de abril de 2023, otorga opinión favorable al proyecto de Resolución de Alcaldía que deje sin efecto como responsable de la OPMI al señor Edward Enrique Manrique Vásquez y se designe al señor Julio Alberto Vásquez Díaz considerándose sus funciones que por normativa lo determina el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; Que, mediante Proveído Nº 1050-2023-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, de fecha 14 de abril de 2023, dirigido a Secretaría General solicita proyectar la Resolución de designación del responsable de la OPMI de la entidad; Que, mediante Memorando N° 963-2023-MDSJL/ SG de la Secretaria General de fecha 14 de abril de 2023, dirigido a la Sugerencia de Recursos Humanos se solicita se realice la evaluación del per fi l profesional de responsable de la O fi cina de Programación de Inversiones (OPMI). Que, mediante Informe N° 789-2023- MDSJL/GAF- SGRH de fecha 18 de abril de 2023, la Sugerencia de Recursos Humanos señala que ha realizado la veri fi cación del cumplimiento del per fi l de puestos de directivos públicos de libre designación y remoción, conforme lo establece el Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho aprobado con Resolución de Alcaldía N° 237-2023-A/MDSJL, indicando como resultado fi nal que el funcionario Julio Alberto Vásquez Díaz si cumple con los requisitos para asumir el cargo de responsable de la O fi cina de Programación de Inversiones (OPMI); Estando a las atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor Edward Enrique Manrique Vásquez como responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, dispuesta mediante Resolución de Alcaldía Nº 052-2023-A/MDSJL, de fecha 10 de enero de 2023, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.