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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2023 (26/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del servidor Roberto Esteban Comesaña Reyes en el cargo de Gerente Adjunto de la Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud, dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 000224-2022-SIS/J, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, dentro de los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, al señor Jorge Luis Quiroga Tone en el cargo de con fi anza de Gerente Adjunto de la Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud. Artículo 3.- Notifi car la presente resolución a los interesados y a los órganos del Seguro lntegral de Salud. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Jefa del Seguro Integral de Salud 2181362-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban la tarifa media incremental que aplicará SEDAPAL S.A. a sus usuarios por las inversiones y los costos de operación y mantenimiento asociados al proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los Sectores 311, 313, 330, 310, 312, 314, 300, 307, 319, 324 y 301 - Nueva Rinconada Etapa 1- Frente 2- Distritos de San Juan de Miraflores, Villa María del Triunfo y Villa El Salvador” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 024-2023-SUNASS-CD EXP.: 003-2022-SUNASS-DRT-RE Lima, 23 de mayo de 2023VISTOS: El Memorándum Nº 238-2023-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante el cual presenta el Informe Nº 073-2023-SUNASS-DRT-ESP que sustenta la propuesta fi nal de la tarifa media incremental que aplicaría SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA S.A. (en adelante, SEDAPAL S.A.) por la incorporación del proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los Sectores 311, 313, 330, 310, 312, 314, 300, 307, 319, 324 y 301 - Nueva Rinconada Etapa 1- Frente 2- Distritos de San Juan de Mira fl ores, Villa María del Triunfo y Villa El Salvador”. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria Nº 020-2022-SUNASS-DRT 1 se admitió a trámite la solicitud de revisión excepcional por la incorporación del proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los Sectores 311, 313, 330, 310, 312, 314, 300, 307, 319, 324 y 301 - Nueva Rinconada Etapa 1- Frente 2- Distritos de San Juan de Mira fl ores, Villa María del Triunfo y Villa El Salvador” (en adelante, Proyecto Nueva Rinconada) presentada por SEDAPAL S.A. Que, la referida solicitud se encuentra enmarcada en el numeral 4 del artículo 64 del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras (en adelante, RGT ) 2, relacionado a la incorporación de inversiones que hayan sido incluidas en el plan maestro optimizado (PMO), fi nanciadas por organismos multilaterales de crédito y concertadas con posterioridad a la aprobación del estudio tarifario. Que, como resultado de la revisión excepcional antes mencionada se ha determinado una tarifa media incremental para el reconocimiento de los costos asociados 3 a la incorporación del Proyecto Nueva Rinconada, tal como se señala en el párrafo 69.1 del artículo 69 del RGT. Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 70 del RGT establece que la aplicación de la tarifa incremental aprobada por la Sunass para el supuesto del numeral 4 del artículo 64 del mencionado reglamento, está prevista para el inicio efectivo de la prestación de los servicios de saneamiento. Que, de conformidad con los artículos 47 y 48 del RGT, se ha cumplido con: i) publicar en el diario o fi cial El Peruano el proyecto de resolución que establecería la tarifa incremental que aplicará SEDAPAL S.A. a sus usuarios por el Proyecto Nueva Rinconada, ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 31 de marzo de 2023 y iii) otorgar plazo para recibir los comentarios que puedan efectuar tanto SEDAPAL S.A. como los interesados al proyecto de resolución y al informe. Que, mediante Informe Nº 073-2023-SUNASS-DRT- ESP, la Dirección de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados por SEDAPAL S.A. al proyecto de tarifa incremental publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública. Que, sobre la base del referido informe, corresponde a este Consejo Directivo aprobar la tarifa incremental que aplicará SEDAPAL S.A. a sus usuarios por la incorporación de las inversiones y los costos de operación y mantenimiento del referido proyecto. Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 19 de mayo de 2023. HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar la tarifa media incremental que aplicará SEDAPAL S.A. a sus usuarios por las inversiones y los costos de operación y mantenimiento asociados al proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los Sectores 311, 313, 330, 310, 312, 314, 300, 307, 319, 324 y 301 - Nueva Rinconada Etapa 1- Frente 2- Distritos de San Juan de Mira fl ores, Villa María del Triunfo y Villa El Salvador”, de acuerdo con lo especi fi cado en el anexo de la presente resolución. Artículo 2°.- La tarifa media incremental se aplicará a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior al inicio efectivo de la prestación de los servicios de saneamiento, conforme se establece en el anexo de la presente resolución. Artículo 3°.- La presente resolución, su anexo y exposición de motivos deberán publicarse en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.gob.pe/sunass). El Informe Nº 073-2023-SUNASS-DRT-ESP, el cual forma parte integrante de la presente resolución, se difundirá a través del portal institucional de la SUNASS. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTINEZ Presidente Ejecutivo