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74 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora DIANA MAGALY MILLA SILVANO en el cargo de Subdirectora de la Subdirección de Sanción de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a la señora DIANA MAGALY MILLA SILVANO y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ AGUILAR REÁTEGUI Presidente Ejecutivo 2181403-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Aprueban nuevo Formulario para la Comunicación de operaciones inusuales a que se refiere el Artículo 76 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1126 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000111-2023/SUNAT APRUEBAN NUEVO FORMULARIO PARA LA COMUNICACIÓN DE OPERACIONES INUSUALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 76 DEL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1126 Lima, 24 de mayo de 2023CONSIDERANDO:Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 102-2016/SUNAT se aprobó el Formulario Nº F-104 “Comunicación de operaciones inusuales”, a efecto que el usuario pueda comunicar las operaciones inusuales de las que tome conocimiento durante el desarrollo de sus actividades, atendiendo a la facultad otorgada por el artículo 76 del reglamento del Decreto Legislativo Nº 1126, aprobado por el Decreto Supremo Nº 044-2013-EF y normas modi fi catorias; Que el citado artículo 76, ha sido modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 182-2022-EF, para señalar que el usuario comunica las operaciones inusuales de las que tome conocimiento durante el desarrollo de sus actividades, mediante el formulario que apruebe la SUNAT, en el que debe indicar la descripción de los hechos, los presuntos responsables, la evidencia y cualquier otra información que permita su comprobación. Que como consecuencia de la mencionada modi fi cación se tiene que actualizar el Formulario Nº F-104, para lo cual es necesario aprobar en su reemplazo una nueva versión del formulario, así como facilitar su presentación de manera electrónica; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modi fi catorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello es innecesario toda vez que solo se aprueba un formulario virtual a través del cual el usuario cumplirá con la obligación establecida en el artículo 46 del Decreto Legislativo Nº 1126 y normas modi fi catorias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 76 del reglamento del Decreto Legislativo Nº 1126, aprobado por el Decreto Supremo Nº 044-2013-EF y normas modi fi catorias; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y normas modi fi catorias; y el inciso k) del artículo 10 del Documento de Organización y Funciones Provisional de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 000042-2022/SUNAT y norma modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto La presente resolución tiene por objeto aprobar un nuevo formulario para que el usuario pueda comunicar a la SUNAT las operaciones inusuales de las que tome conocimiento durante el desarrollo de sus actividades. Artículo 2.- Finalidad La presente resolución tiene por fi nalidad que el usuario de bienes fi scalizados pueda contar con un nuevo medio para cumplir con la obligación de informar a la SUNAT las operaciones inusuales de las que tome conocimiento durante el desarrollo de sus actividades. Artículo 3.- De fi niciones Para efecto de la presente resolución, se entiende por: a) Usuario: Al de fi nido en el numeral 34 del artículo 2 del reglamento del Decreto Legislativo Nº 1126, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2013-EF, y normas modi fi catorias. b) Clave SOL: Al texto conformado por números y/o letras, de conocimiento exclusivo del usuario, que asociado al código de usuario o al número de Documento Nacional de Identidad, según corresponda, otorga privacidad en el acceso a SUNAT Operaciones en Línea, a que se re fi ere el inciso e) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N.º 109-2000/SUNAT y normas modi fi catorias. c) Código de usuario: Al texto conformado por números y/o letras, que permite identi fi car al usuario que ingresa a SUNAT Operaciones en Línea, a que se re fi ere el inciso d) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N.º 109-2000/SUNAT y normas modi fi catorias. d) DNI: Al documento nacional de identidad, que identi fi ca al usuario de SUNAT Operaciones en Línea que es persona natural, a que se re fi ere el inciso o) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT y normas modi fi catorias. e) MPV – SUNAT: A la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT creada mediante Resolución de Superintendencia Nº 077-2020/SUNAT y norma modi fi catoria. f) SUNAT Operaciones en Línea: Al sistema informático disponible en Internet que permite realizar operaciones en forma telemática entre el usuario y la SUNAT, a que se re fi ere el inciso a) del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT y normas modi fi catorias. Artículo 4.- Aprobación de formulario virtual Se aprueba el Formulario Virtual Nº F-104 “Comunicación de operaciones inusuales”, el cual debe ser utilizado por el usuario para comunicar a la SUNAT las operaciones inusuales de las que tome conocimiento durante el desarrollo de sus actividades. El referido formulario se encuentra a disposición en SUNAT Operaciones en Línea, a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución. Artículo 5.- Presentación del formulario El usuario presenta el Formulario Virtual Nº F-104 “Comunicación de operaciones inusuales”, así como adjunta la documentación sustentatoria que estime pertinente, a través de SUNAT Operaciones en Línea. A tal efecto, el usuario debe acceder a ese sistema e ingresar su código de usuario o DNI y clave SOL, ubicar la opción “Operaciones inusuales - Formulario Virtual Nº F-104” y seguir las indicaciones del sistema. Una vez presentado el formulario y, de ser el caso, la respectiva documentación sustentatoria, SUNAT Operaciones en Línea genera la constancia