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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2023 (31/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Primero. Informe de la magistrada Eliana Elder Araujo Sánchez, en su condición de Presidenta de la Tercera Sala Laboral. 1.1. Mediante escrito de fecha 3 de mayo del presente año, la magistrada Eliana Elder Araujo Sánchez, en su condición de Jueza Superior Titular y Presidenta de la Tercera Sala Laboral de Lima, pone de conocimiento de esta Presidencia, diversas situaciones ajenas a su responsabilidad, que han afectado las labores jurisdiccionales propias del Despacho a su cargo, las cuales han traído como consecuencia el retraso en las labores. 1.2. Asimismo, señala que en el mes de abril se reconformó el Colegiado Superior, integrando al magistrado Segundo Ore de la Rosa Castro Hidalgo como Juez Superior Provisional, en este contexto, se programó 10 fechas de vista de la causa, con un total de 150 expedientes, distribuyéndose 50 expedientes por cada integrante del Colegiado, por lo que se retrasó la emisión de las ponencias, las discordias en el mes de marzo: (Araujo Sánchez: 1, Cárdenas Alvarado: 1 y Castro Hidalgo 28), hecho que ha duplicado el trabajo, toda vez que se tiene que realizar una nueva ponencia en mayoría, y en razón a la gran cantidad de discordias del juez provisional designado en el mes de abril. Segundo. Sobre la designación del magistrado Segundo Ore de la Rosa Castro Hidalgo, como Juez Superior Provisional integrante de la Tercera Sala Laboral. 2.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000167-2023-P-CSJLI-PJ de fecha 29 de marzo del 2023, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, designó al magistrado Segundo Ore de la Rosa Castro Hidalgo, en su condición de Juez Especializado Titular del Décimo Cuarto Juzgado de Trabajo de Lima, como Juez Superior Provisional de la Tercera Sala Laboral de Lima, a partir del 30 de marzo del presente año. 2.2. En este sentido, estando a lo informado por la Presidenta de la Tercera Sala Laboral de Lima, corresponde a la Presidencia de Corte adoptar las medidas de orden administrativo pertinentes, con la fi nalidad de dar continuidad y no afectar las labores jurisdiccionales propias del Colegiado de la referida Sala Superior, consideraciones por las cuales debe darse por concluida la designación del magistrado Segundo Ore de la Rosa Castro Hidalgo como Juez Superior Provisional integrante del Colegiado de la Sala Superior. Tercero. Disposición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre la prelación respecto a la designación de Jueces Supernumerarios. 3.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000133-2023-CE-PJ de fecha 14 de abril del 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha dispuesto que cuando se requiera la designación de un juez o jueza, en primer lugar se proceda conforme la siguiente prelación: a) Designar al juez/a titular del grado inmediato anterior, como provisional, b) Ante la falta de ellos se proceda a convocar al juez supernumerario de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia; en su defecto a los abogados inscritos en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces supernumerarios de la Corte Superior, c) En defecto de los anteriores, se delegó a la Presidencia de las Cortes Superiores del país, hasta el 31 de junio de 2023, la facultad para designar a trabajadores/as de su Distrito Judicial como juez/a supernumerario/a; siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad, y sean los más idóneos. 3.2. Al respecto, en cuanto al literal a), descrito en el párrafo anterior, esta Presidencia previa rigurosa evaluación, ha tomado en consideración a aquellos Jueces Titulares Especializados y Paz Letrado en base a su trayectoria profesional, desempeño funcional, producción jurisdiccional y especialidad en sus respectivos órganos jurisdiccionales, en este sentido, a través de la Coordinación de Magistrados se comunicó con ellos con la fi nalidad de ser promovidos como Jueces Superiores y Especializados Provisionales, situación que fue aceptada solo en el primer caso, fundamento que será desarrollado en la presente resolución. 3.3. En relación al literal b), en relación al registro de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia y aprobada mediante Resolución Administrativa N° 000081-2023- CE-PJ de fecha 10 de febrero del año en curso, esta Presidencia ha cumplido en anteriores oportunidades en designar a abogados como Jueces Supernumerarios en las distintas especialidades de este Distrito Judicial, sin embargo, en el presente caso no se ha podido cumplir con dicha designación, toda vez que los abogados indicaron que se encontraban laborando como Jueces en otras Cortes Superiores como Callao, Ica, Moquegua, Lima Norte, o en otras instituciones. 3.4. Finalmente, respecto a la Selección de Jueces de Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia de Lima, mediante sesión de fecha 25 de abril del año en curso, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima aprobó la nómina de postulantes aptos del Concurso Público para la selección de Jueces Supernumerarios – Convocatoria 002-2022-CDSJS-CSJLI-PJ, consideraciones por las cuales esta Presidencia en caso corresponda, también se encuentra también facultada a designar Jueces Supernumerarios a los abogados aptos de la nómina aprobada por el Consejo Ejecutivo Distrital. Cuarto. Designación de Juez Especializado Titular como Juez Provisional de la Tercera Sala Laboral. 4.1. Es menester precisar que, si bien las Salas Superiores en principio deben estar conformadas por Jueces Superiores Titulares designados por la Junta Nacional de Justicia previo concurso público, sin embargo, a falta de titulares se debe proceder a la conformación de las Salas Superiores con jueces titulares del grado inmediato anterior al cargo, es decir con aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentren dentro de la función jurisdiccional, observándose los principios rectores como la meritocracia y la especialidad previstos en el artículo tercero y sexto del Título Preliminar, así como los artículos 66° y 102° de La Ley de la Carrera Judicial – Ley N° 29277, en concordancia con el Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial 4.2. Que, en relación a la promoción de los Jueces Especializados como Jueces Superiores Provisionales, se ha tomado en cuenta la antigüedad en el cargo, orden de mérito y especialidad establecido en el Cuadro de Méritos y Antigüedad, por lo que considerando que la Presidenta de esta Corte es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, por tanto se encuentra facultada para designar Jueces Superiores Provisionales a aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentran desempeñando la labor jurisdiccional. 4.3. En este orden de ideas, habiéndose evaluado el desempeño, la capacidad resolutiva y aptitudes enmarcadas en la integridad que debe reunir un juez, se ha considerado conveniente designar a la magistrada Yesenia Figueroa Mendoza en su condición de Jueza Especializada Titular del Décimo Sexto Juzgado Contencioso Administrativo, como Jueza Superior Provisional de la Tercera Sala Laboral, en mérito a la conclusión de la designación del magistrado Segundo Ore de la Rosa Castro Hidalgo, expuesto en el considerando precedente. Quinto. Reasignación de la magistrada Susana Ivonne Sinchitullo Rosales en su condición de Jueza Supernumeraria del Décimo Cuarto Juzgado de Trabajo. 5.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000167-2023-P-CSJLI-PJ de fecha 29 de marzo del 2023, en atención a la designación del magistrado Segundo Ore de la Rosa Castro Hidalgo como Juez Superior Provisional integrante de la Tercera Sala Laboral, dispuso que la