Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2023 (31/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional N° 469-AREQUIPA, se declara de necesidad e interés público regional prioritario la atención integral del Niño, Niña y Adolescente, como política regional tendente a promover e implementar acciones de gestión territorial que, den prioridad al interés superior del niño, niña y adolescente; Que, mediante Informe Nº 344-2022-GRA/ORPPOT- OPDI, de la O fi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, rati fi cado mediante Informe N° 038-2023- GRA/OPDI, se adjunta la propuesta de Reglamento del Comité Técnico Impulsor que promueve el desarrollo integral del Niño, Niña y Adolescente en la región Arequipa, el cual surge en mérito a la Ordenanza Regional N° 469-AREQUIPA, y a propuesta de la Sub Gerencia de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, conforme se desprende de los antecedentes, la propuesta del Reglamento tiene por objeto precisar las atribuciones y funciones del Comité Técnico Impulsor que promueve el desarrollo integral del Niño, Niña y Adolescente en la región Arequipa; así como de fi ne su organización, reglamento enmarcado en cuatro títulos, veintidós artículos, y cuatro disposiciones complementarias fi nales; Que, en el marco de la Ordenanza Regional antes citada, la Sub Gerencia de la Mujer y Poblaciones Vulnerables de la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, y la O fi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, han formulado la propuesta de Reglamento del Comité Técnico Impulsor que promueve el desarrollo integral del Niño, Niña y Adolescente en la región Arequipa. Asimismo, se da cuenta por parte de las mencionadas unidades orgánicas que la propuesta de Reglamento ha sido analizada y coordinada por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, cuyas sugerencia y aportes han sido incorporados a la propuesta de Reglamento; Que, el artículo 40° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales; Que, considerando que la propuesta de Reglamento del Comité Técnico Impulsor que promueve el desarrollo integral del Niño, Niña y Adolescente en la región Arequipa, constituye normas reglamentarias de la Ordenanza Regional N° 469-AREQUIPA, y que la misma tiene por fi nalidad regular la organización, las atribuciones y funciones del Comité Técnico Impulsor que promoverá el desarrollo integral del Niño, Niña y Adolescente en la región Arequipa, resulta conveniente aprobarla mediante un Decreto Regional; Que, el inciso d) del artículo 21º de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el inciso e) del artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, establece como atribuciones del Directorio de Gerentes, adoptar acuerdos sobre los Decretos Regionales que sean propuestos por el Gobernador Regional; disposición concordante con el Reglamento para las sesiones del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional de Arequipa; Que, estando al Informe N° 187-2023-GRA/ORAJ, de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, y a lo aprobado en Sesión de Directorio de Gerentes de fecha 28 de febrero de 2023, y en uso de las atribuciones conferidas por el literal d) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el artículo 40º del mismo marco legal, DECRETA:Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento. Apruébese el Reglamento del Comité Técnico Impulsor que promueve el desarrollo integral del Niño, Niña y Adolescente en la región Arequipa, norma reglamentaria de la Ordenanza Regional N° 469-AREQUIPA, el mismo que contiene 22 artículos y 04 disposiciones complementarias fi nales, que forma parte integrante del presente Decreto Regional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Única.- Vigencia de la norma. El presente Decreto Regional y el Reglamento del Comité Técnico Impulsor que promueve el desarrollo integral del Niño, Niña y Adolescente en la región Arequipa, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a ley. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRASNSITORIA Única.- Disponer la publicidad del presente Decreto Regional en el Diario O fi cial “EL PERUANO”, como en el diario de Avisos Judiciales, encargando a la Secretaría General que posteriormente sea publicado también en el Portal Institucional del Gobierno Regional Arequipa. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Arequipa, a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil veintitrés. Regístrese y publíquese.ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Gobernador Regional REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO IMPULSOR QUE PROMUEVE EL DESARROLLO INTEGRAL DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE EN LA REGIÓN AREQUIPA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto precisar las atribuciones y funciones del Comité Técnico Impulsor que promueve el Desarrollo Integral del Niño, Niña y Adolescente en la Región Arequipa, así como de fi nir su organización. Artículo 2.- Ámbito de aplicación El ámbito de aplicación del Comité Técnico Impulsor está enmarcado dentro de la Región Arequipa, como un interés público que prioriza la atención integral del niño, niña y adolescente, como política regional tendente a promover e implementar acciones del niño, niña y adolescente. Artículo 3.- Referenciasa) Comité: Conformación del Comité Técnico Impulsor- Gobernación Regional - Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social- Consejo Regional-Comisión de Desarrollo e Inclusión Social - Consejo Regional-Comisión de la Mujer, Niño, adolescente y personas con discapacidad - Gerencia General Regional- Gerencia Regional de Salud- Gerencia Regional de Educación- Gerencia Regional de Agricultura- Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial - Gobiernos Locales- Ministerio de Economía y Finanzas- Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social- Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables- Ministerio de Salud- Ministerio de Educación- Ministerio de Agricultura