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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Jueves 16 de noviembre de 2023 El Peruano / Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 28 de octubre de 2022, remitida por el Jurado Electoral Especial de Moyobamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 20223. 2.15. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.11.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia de la señora magistrada Delia Milagros Espinoza Valenzuela, por ausencia del presidente titular, en uso de sus atribuciones , RESUELVE1.- DEJAR SIN EFECTO , provisionalmente, la credencial que le fuera otorgada a don Ernesto Peña Robalino como alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín, en tanto se resuelve su situación jurídica. 2.- CONVOCAR a don Ronald Garate Chumbe, identi fi cado con DNI N° 44108868, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Ernesto Peña Robalino, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3.- CONVOCAR a doña Miriam Jhoana Aguilar Moreto, identi fi cada con DNI N° 60876633, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Ernesto Peña Robalino, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.ESPINOZA VALENZUELARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 El cuarto párrafo del artículo 13 de la LOM señala que entre la convocatoria y la sesión mediará, cuando menos, un lapso de 5 (cinco) días hábiles. 3 <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>. 2235001-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huarochirí, departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 0194-2023-JNE Expediente N° JNE.2023002743 HUAROCHIRÍ-LIMA VACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, siete de noviembre de dos mil veintitrés VISTOS: los O fi cios N° 102-2023-SG-MPH-M y N° 104-2023-SG-MPH-M, presentados el 2 y 16 de octubre de 2023, respectivamente, mediante los cuales don Miguel Ángel Valenzuela Valdivia, secretario general de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, departamento de Lima (en adelante, señor secretario general), remite documentación relacionada con la declaratoria de vacancia de doña Yadhira Nicole Aldave Vásquez, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora). ANTECEDENTES 1.1. A través de los o fi cios referidos en el visto, el señor secretario general comunicó que, con el Acuerdo de Concejo N° 062-2023-CM/MPH-M, del 14 de julio de 2023, el Concejo Provincial de Huarochirí formalizó la declaratoria de vacancia de la señora regidora por inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, causa prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). 1.2. Para ello, remitió, entre otros, los siguientes documentos: a) Anexo A del Reglamento Interno del Concejo Municipal 2023-2026 (RIC), sobre autorización de notifi caciones vía correo electrónico o número celular, suscrito por la señora regidora. b) Esquelas de convocatorias para las sesiones ordinarias del 12 y 26 de abril, 11 y 25 mayo de 2023. c) Actas de sesiones ordinarias del 12 y 26 de abril, 11 y 25 de mayo de 2023. d) Carta emitida por la señora regidora, del 24 de abril de 2023, sobre su imposibilidad de continuar su labor edil. e) Informe N° 130-2023-SG/MPH-M, emitido, el 12 de junio de 2023, por el señor secretario general, respecto a las inasistencias de la señora regidora. f) Esquela de Convocatoria N° 013-2023-SG, para la sesión extraordinaria programada para el 13 de julio de 2023, así como su remisión electrónica a la señora regidora. g) Acta de la sesión extraordinaria, del 13 de julio de 2023, en la que los miembros del concejo provincial aprobaron la vacancia de la señora regidora. h) Acuerdo de Concejo N° 062-2023-CM/MPH-M, del 14 de julio de 2023, que formalizó la decisión adoptada. i) Carta N° 081-2023-SG-MPH-M, del 21 de julio de 2023, mediante la cual noti fi caron el citado acuerdo de concejo a la señora regidora. j) Informe N° 169-2023-SG/MPH-M, emitido, el 17 de agosto de 2023, por el señor secretario general, sobre no impugnación del mencionado acuerdo de concejo. k) Acuerdo de Concejo N° 081-2023-CM/MPH-M, del 24 de agosto de 2023, que da por consentida la Carta N° 081-2023-SG-MPH-M, con la que se noti fi có el Acuerdo de Concejo N° 062-2023-CM/MPH-M. l) Comprobante de pago de tasa electoral. CONSIDERANDOS Primero.- SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. Los numerales 4 y 5 del artículo 178 establecen como atribuciones del Jurado Nacional de Elecciones las siguientes: 4. Administrar justicia en materia electoral. 5. Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes [resaltado agregado]. En la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.2. Los literales j y u del artículo 5 de fi nen como funciones de este organismo electoral: