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65 NORMAS LEGALES Jueves 16 de noviembre de 2023 El Peruano / en aprendizaje basado en investigación vinculado a los estudios generales: una propuesta en estudiantes universitarios”, a realizarse en la Universidad de Bio Bio, Concepción-Chile, del 9 al 11 de noviembre de 2023; asimismo, mediante el Informe Nº 3349-2023-UPP/ UNJBG la Unidad de Presupuesto remite la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 6339, para la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que, según Ley Nº 27619-Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobada mediante D. S. Nº 047-2002-PCM, en su Art. 2º establece que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje,el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario O fi cial el Peruano; Que, el numeral 11.1 del Art. 11º de la Ley Nº 31638 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, sobre medidas en materia de bienes y servicios, establece: ”Durante el Año Fiscal 2023, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias”; Que, siendo de interés para la Institución y por ende para el País, se autoriza el viaje al exterior Dr. Elmer Benito Rivera Mansilla, docente de la UNJBG, durante el periodo del 9 al 11 de noviembre de 2023; y mediante Proveído Nº 8790-2023-REDO, dispone la emisión del acto resolutivo correspondiente, para los fi nes a que diere lugar, y; De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, inc. d) del Art. 153º del Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, excepcionalmente el viaje al exterior en comisión de servicios a favor del Dr. Elmer Benito Rivera Mansilla, docente de la UNJBG, quien participará en calidad de ponente en el “XIV Simposio Internacional de Estudios Generales” con la ponencia titulada “Experiencia en aprendizaje basado en investigación vinculado a los estudios generales: una propuesta en estudiantes universitarios”, a realizarse en la Universidad de Bio Bio, Concepción-Chile, del 9 al 11 de noviembre de 2023. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado en el artículo precedente, se ejecutarán de acuerdo a la siguiente información presupuestal, debiendo a su retorno efectuar la rendición de cuenta debidamente documentada, conforme a disposiciones y normas vigentes: MONTO TOTAL - Dr. ELMER BENITO RIVERA MANSILLA S/ 3 800,00 Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y archívese.JAVIER LOZANO MARREROS Rector JORGE LUIS LOZANO CERVERA Secretario General 2231501-1JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín RESOLUCIÓN N° 0193-2023-JNE Expediente N° JNE.2023002622 MOYOBAMBA-SAN MARTÍN SUSPENSIÓNCONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, seis de noviembre de dos mil veintitrés VISTO: el O fi cio N° 097-2023-MPM/SG con el cual doña Valeria Monteza Beas, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín (en adelante, señora secretaria general), remitió el Acuerdo de Concejo N° 098-2023-MPM-CM, del 20 del mismo mes y año, mediante el cual se aprobó la suspensión de don Ernesto Peña Robalino, alcalde de la referida comuna (en adelante, señor alcalde), por el tiempo que dure el mandato de detención, causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES Procedimiento de suspensión en instancia municipal 1.1. Con el propósito de solicitar la convocatoria de candidato no proclamado, por medio del O fi cio N° 097- 2023-MPM/SG, del 25 de setiembre de 2023, la señora secretaria general remitió a esta sede electoral los siguientes documentos: a) Copia de la Resolución N° 01, del 6 de setiembre de 2023, que declaró fundado el requerimiento fi scal para la detención preliminar del señor alcalde por el plazo de siete (7) días. b) Solicitud de convocatoria a sesión extraordinaria presentada ante el Concejo Provincial de Moyobamba por los regidores Elsa Putpaña Ruiz y Luis Alberto Silva Guerra, para tratar la suspensión de señor alcalde por mandato de detención. c) Acuerdo de Concejo N° 098-2023-MPM-CM, del 20 de setiembre de 2023, con el que el concejo, por mayoría, aprobó la suspensión del señor alcalde, por la causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la LOM. 1.2. Para proseguir con el trámite correspondiente, la Secretaría General de este organismo electoral, por medio del O fi cio N° 002624-2023-SG/JNE, del 27 de setiembre de 2023, requirió a la entidad municipal para que remita la documentación complementaria relacionada con el procedimiento de suspensión seguido en contra del señor alcalde. 1.3. Así, mediante el O fi cio N.º 103-2023-MPM/SG, del 11 de octubre de 2023, la señora secretaria general envió los siguientes actuados: a) Copia de la Resolución N° 03, del 28 de setiembre de 2023, que declaró fundado el requerimiento fi scal para la prisión preventiva del señor alcalde por el término de nueve (9) meses. b) Solicitud de convocatoria a sesión extraordinaria presentada por los regidores Elsa Putpaña Ruiz y Luis Alberto Silva Guerra, para tratar la suspensión de señor alcalde en razón de haberse dictado medida de prisión preventiva en contra del señor alcalde. c) Acuerdo de Concejo N° 111-2023-MPM-CM, del 5 de octubre de 2023, con el cual el concejo municipal, por mayoría, aprobó la suspensión del señor alcalde, por la causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la LOM, en razón de la medida de prisión preventiva dictada en contra del señor alcalde..