Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Jueves 16 de noviembre de 2023 El Peruano / desplazamiento de jueces. Sin embargo, debe tenerse presente que la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 2366-2007-AA/TC, del 2 de noviembre de 2007, señala que el régimen laboral regulado por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, resulta aplicable a los jueces del Poder Judicial. Cuarto. Que, siendo así, de conformidad con el artículo 76 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, se establece que las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores dentro de la carrera administrativa son: Designación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia; las cuales le son aplicables a los jueces del Poder Judicial, siempre y cuando se cuente con el consentimiento de ellos, salvo excepciones señaladas en la ley. Quinto. Que, el artículo 80 del mencionado Reglamento regula el destaque, que consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de este debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional. En la entidad de destino, el servidor seguirá percibiendo la remuneración que percibía en la entidad de origen; y el destaque no será menor de treinta días, ni excederá el periodo presupuestal, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor. Además, el artículo 85 del mismo Reglamento dispone que el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad. Sexto. Que, en el caso de los servidores sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, el destaque debe cumplir con los requisitos establecidos en el Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 013-92-INAP- DNP. En ese sentido, de conformidad con el numeral 3.4.7 del referido manual, el destaque a solicitud del servidor, procede cuando está debidamente fundamentado por razones de salud de él, de su cónyuge o de sus hijos o por unidad familiar. Sétimo. Que, por lo tanto, evaluado el pedido presentado y los medios probatorios adjuntos, resulta procedente amparar la solicitud del señor Daniel Andree García Cavada, Juez de Paz Letrado (Civil) titular de la Corte Superior de Justicia de Piura, actualmente destacado en la Corte Superior de Justicia de Lima, a fi n que pueda brindar a su menor hijo de iniciales A.A.G.C las atenciones correspondientes para contribuir a su mejoría, en aplicación y de conformidad con el principio del interés superior del niño. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1810- 2023 de la cuadragésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de octubre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud presentada por el señor Daniel Andree García Cavada, Juez de Paz Letrado (Civil) titular de la Corte Superior de Justicia de Piura; en consecuencia, prorrogar su destaque por el periodo de un año en el 7° Juzgado de Paz Letrado – Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, por motivo de salud de su menor hijo. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Piura y Lima, juez solicitante; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2235304-1Institucionalizan y promueven el proyecto de la plataforma IustiData en las Salas Supremas Civiles, Penales y de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República; así como en las salas de las Cortes Superiores de Justicia del país Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000476-2023-CE-PJ Lima, 14 de noviembre del 2023 VISTO: El O fi cio Nº 002420-2023-D-CIJ-CE-PJ, cursado por la Directora del Centro de Investigaciones Judiciales. CONSIDERANDO: Primero. Que, en cumplimiento de las funciones asignadas mediante el artículo 114 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Centro de Investigaciones Judiciales tiene a su cargo el registro sistemático de las ejecutorias supremas que se produzcan a partir del 1 de enero de 1992. Asimismo, mediante los artículos 14 y 16 del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Investigaciones Judiciales, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000321-2021-CE-PJ, se describe a la Unidad de Jurisprudencia como órgano de línea y sus funciones respectivas. Segundo. Que, conforme a lo establecido en el artículo 1 y el artículo 3, inciso 2), del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 000321-2021-CE-PJ, respecto a la sección del Centro de Investigaciones Judiciales, se establece que es un órgano de apoyo del Poder Judicial y depende del Consejo Ejecutivo. Entre sus objetivos se encuentra coadyuvar a la mejora del servicio de justicia mediante el análisis de datos, estudios, investigaciones y la promoción del debate de criterios jurisprudenciales para lograr acuerdos sobre la aplicación del derecho, ello con el fi n de brindar conocimiento e información especializada a los jueces para que brinden servicios de justicia de calidad. En este marco, la participación del Centro de Investigaciones Judiciales en el proyecto de la plataforma IustiData, corresponde la de director de proyecto, para el caso de las Salas Supremas de la Corte Suprema de Justicia de la República y, eventualmente, para el caso de las Cortes Superiores de Justicia se brindará asistencia técnica. Además, la asignación de recursos necesarios para la consolidación del proyecto de la plataforma IustiData será encargada a la O fi cina de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial. Tercero. Que, el Centro de Investigaciones Judiciales, en el marco de sus funciones antes señaladas ha elaborado en coordinación con la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República el piloto y estructura del proyecto plataforma IustiData , alineado a los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional 2021-2030 y del Plan de Gobierno 2023-2024; es decir, la plataforma Iustidata (Fase I a IV) aportará en la mejora del servicio de administración de justicia promoviendo la celeridad y la predictibilidad de las decisiones judiciales en la tramitación de los procesos judiciales. Cuarto. Que, mediante el proyecto de la plataforma IustiData se emplea una nueva lógica de sistematización basada en el enfoque de datos para la clasi fi cación y sistematización de las sentencias producidas por la Corte Suprema de Justicia de la República; con dicho objetivo, se emplea la construcción de un tesauro de temas observados en la especialidad de la Sala Suprema. De esta manera, se busca agrupar las sentencias entre casos