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73 NORMAS LEGALES Jueves 16 de noviembre de 2023 El Peruano / 3.- REQUERIR al secretario general de la Municipalidad Distrital de Yaquerana, provincia de Requena, departamento de Loreto, o a quien haga sus veces, para que informe si en contra del acuerdo de concejo municipal a emitirse, respecto a la vacancia de don Rogelio Necca Bina Cane, regidor de la citada entidad edil, se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www. jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.ESPINOZA VALENZUELA RAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 2 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2235145-1 Aprueban el uso, para las elecciones internas de las Elecciones Municipales Complementarias 2024, del padrón de electores afiliados de la organización política Alianza para el Progreso RESOLUCIÓN N° 0203-2023-JNE Lima, quince de noviembre de dos mil veintitrésVISTOS: el O fi cio N° 001596-2023/SGEN/RENIEC, del 7 de noviembre de 2023, suscrito por la secretaria general del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec), con el cual comunica la elaboración del padrón de electores a fi liados de la organización política Alianza para el Progreso, y remite el Informe N° 000118-2023/PE/OTI/UIST/RENIEC, de la Unidad de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la O fi cina de Tecnologías de la Información de dicha entidad; así como el Memorando N° 000496-2023-DNROP/JNE, de la directora (e) de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP), del 9 de noviembre de 2023, con el cual se con fi rma la recepción del padrón de electores a fi liados de la citada organización política y su carga en la base de datos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); y CONSIDERANDO QUE:1. Mediante el Decreto Supremo N° 097-2023- PCM, publicado el 16 de agosto de 2023, la Presidenta de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2024 (EMC 2024), para el 26 de mayo de 2024, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de los distritos de Pion (Chota, Cajamarca) y Ninabamba (Santa Cruz, Cajamarca), debido a que en estas circunscripciones no se logró el objetivo de elegir y proclamar a las autoridades ediles del periodo 2023-2026, en las Elecciones Municipales 2022 ni en las Elecciones Municipales Complementarias 2023. 2. Para las EMC 2024, la determinación de candidaturas se realiza a través de elecciones internas, de conformidad con las normas dispuestas mediante la Ley N° 31357, de aplicación en este proceso electoral complementario. 3. Asimismo, la Novena Disposición Transitoria, incorporada a la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, por la Ley N° 31357, establece, entre otros puntos, que las elecciones internas se realizan con la participación de los organismos del Sistema Electoral, correspondiendo a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) organizar dichas elecciones, y al Reniec elaborar los padrones de electores a fi liados con base en la información proporcionada por el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE. 4. En los artículos 15 al 17 del Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 1 se señala que el padrón de electores afi liados está conformado por el conjunto de a fi liados inscritos por cada organización política en el ROP, incluyendo a sus fundadores, directivos y miembros de sus comités. 5. Asimismo, el artículo 18 del citado reglamento establece que el JNE aprueba el uso de los padrones de electores a fi liados de manera independiente para cada organización política, siendo la fecha límite para la aprobación de dichos padrones el 17 de noviembre de 2023, según ha sido establecido en el cronograma electoral aprobado con la Resolución N° 0134-2023-JNE, del 21 de agosto de 2023. 6. Ahora bien, teniendo en cuenta que el proceso de EMC 2024 comprende dos circunscripciones distritales: Pion (provincia de Chota, departamento de Cajamarca) y Ninabamba (provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca), la ONPE ha especi fi cado, mediante información remitida con el O fi cio N° 001794-2023-SG/ ONPE, del 25 de octubre de 2023, que la elección interna tendrá ámbito provincial, por lo que el padrón de electores afi liados comprende, únicamente, a los a fi liados con domicilio registrado en las provincias de Chota y Santa Cruz, del departamento de Cajamarca, de acuerdo con los respectivos DNI. 7. A través de la Resolución Gerencial N° 000007-2023-GOECOR/ONPE, del 25 de setiembre de 2023, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional de la ONPE dispuso tener por reportada la convocatoria y modalidad de elecciones internas de cinco organizaciones políticas, entre ellas, Alianza para el Progreso. 8. Con el oficio e informe del visto, el Reniec detalla que la DNROP remitió a dicha institución la relación de afiliados de la organización política Alianza para el Progreso y que, luego del respectivo procesamiento, se ha elaborado el padrón de electores afiliados, con un total de 3449 registros hábiles. Asimismo, informó que, el 6 de noviembre de 2023, se realizó la carga de dicho padrón en el servidor informático perteneciente al JNE, al cual se ha accedido para la respectiva verificación. 9. Por lo expuesto, el padrón de electores a fi liados de la organización política Alianza para el Progreso se encuentra expedito para la aprobación respectiva y posterior puesta a disposición de la ONPE, para la prosecución de la organización de las elecciones internas de las EMC 2024. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia de la señora magistrada Delia Milagros Espinoza Valenzuela, por ausencia del presidente titular, en uso de sus atribuciones,