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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (18/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, mediante Informe N° 209-2023-MDA/GPE-SGMI de fecha 20.10.2023, la Subgerencia de Modernización Institucional, expresa su conformidad a la delegación de facultades señaladas en el Memorando N° 1916-2023-MDA/GM, sugiriendo que respecto al literal e) de la delegación de facultades a la Gerencia de Administración y Finanzas, se realice a la Gerencia Municipal y asimismo, respecto la delegación de facultades a la Subgerencia de Abastecimiento, re fi ere que no es una función delegable, toda vez que es un actividad propia del órgano encargado de las contrataciones; Que, mediante Memorándum N° 0420-2023-MDA/ GPE de fecha 23.10.2023, la Gerencia de Plani fi cación Estratégica solicita opinión legal; Que, mediante Memorándum N° 668-2023-MDA/GAJ de fecha 23.10.2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita opinión técnica a la Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencia de Abastecimiento; Que, mediante Informe N° 3321-2023-MDA/GAF-SGA de fecha 30.10.2023, la Subgerencia de Abastecimiento, emite opinión técnica favorable respecto a la delegación de facultades señaladas en el literal a), b) y c) del Memorando N° 1916-2023-MDA/GM de fecha 06.10.2023 a favor de la Gerencia de Administración y Finanzas y respecto a los literales d) sea delegada a las unidades organizacionales de segundo orden y respecto al literal e) sugiere que se delegue a la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo; Que, mediante Memorándum N° 4252-2023-MDA/ GAF de fecha 03.11.2023, la Gerencia de Administración y Finanzas, muestra su conformidad a lo señalado en el Informe N° 3321-2023-MDA/GAF-SGA de fecha 30.10.2023, emitido por la Subgerencia de Abastecimiento; Que, mediante Informe N° 442-2023-MDA/GAJ, de fecha 3 de noviembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala sobre, la propuesta de delegación de facultades del Alcalde en favor del Gerente Municipal, Gerente de Administración y Finanzas, Gerente de Infraestructura y Urbanismo, se basa en virtud a lo establecido en el artículo 85° del TUO de la LPAG y el artículo 76° de la LOM, principalmente en virtud a la fi gura de la desconcentración de funciones, le asiste al Alcalde como máxima autoridad, la facultad de delegar sus facultades al Gerente Municipal y otros órganos distintos a este, para así dinamizar el trabajo interno de la entidad, resultando necesario delegar determinadas atribuciones, sin perjuicio que el Alcalde conserve las atribuciones administrativas y políticas que le corresponde por Ley. Todo ello, a efectos de buscarse un funcionamiento integral y coherente en la presente gestión municipal, y, a fi n de lograr una administración ordenada, simpli fi cada y efi ciente. Asimismo, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ate aprobada con Ordenanza N° 491-MDA, y sus modi fi catorias, como también el Memorando N° 1916-2023-MDA/GM de fecha 06.10.2023, emitido por la Gerencia Municipal, a través del cual propone y sustenta la necesidad de aprobar la delegación de facultades del Alcalde, en su calidad de titular de la entidad, a favor del Gerente Municipal y otros funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ate, por lo que, la propuesta de delegación de funciones planteada en el presente caso, resulta viable desconcentrar y delegar al Gerente Municipal y otros funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ate las facultades; no obstante a ello se ha visto por conveniente reestructurar la propuesta planteada en el Memorando N° 1916-2023-MDA/GM, suprimiendo y modi fi cando algunas propuestas delegadas, los cuales propone y/o sugiere que la delegación de facultades se realice conforme a lo expuesto en el punto 4.24 del referido informe, el mismo que se ha realizado de acuerdo a la base normativa citada, debiéndose materializar la misma, mediante una Resolución de Alcaldía. También, en virtud a lo señalado precedentemente, en la Resolución de Alcaldía a emitirse, deberá incorporarse un artículo disponiendo dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 0103 de fecha 01.02.2023; recomendando continuar con el trámite de aprobación de desconcentración y delegación de facultades a favor del gerente municipal y otros funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ate;Que, mediante Memorándum N° 2158-2023-MDA/ GM, la Gerencia Municipal remite los actuados, a fi n de que se proyecte la Resolución de Alcaldía respectiva, y así proseguir con el trámite administrativo correspondiente, con arreglo a ley; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR, al GERENTE DE LA GERENCIA MUNICIPAL las siguientes facultades administrativas: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus correspondientes modi fi catorias. b) Aprobar las contrataciones directas, contenidas en los literales e), g), j), k), l), m) del numeral 27.1 del artículo 27° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 082-2019-EF. c) Aprobar las ofertas que superen el valor estimado de los procedimientos de selección hasta el límite previsto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, previa certifi cación de crédito presupuestario correspondiente. d) Aprobar las ofertas económicas de los postores que superen el valor referencial en los procedimientos de selección hasta un límite del 10% siempre que se cuente con la asignación de recursos su fi cientes, de acuerdo al reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. e) Aprobar la reducción de bienes y servicios, así como las prestaciones adicionales de bienes y servicios hasta el 25% del monto contratado, siempre que se cuenta con la asignación presupuestal necesaria, conforme a lo que prevé a Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado. f) Aprobar las modi fi caciones del Cuadro Multianual de Necesidades (CNM) a propuesta del área involucrada en la gestión de Cadena de Abastecimiento Público (CAP) a través de la suscripción del anexo 06 de la Directiva N° 005-2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01. g) Resolver los recursos de apelación presentados ante la Municipalidad en los procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. h) Autorizar el Pago de Mayores Metrados Ejecutados en Contratos de Obra bajo el Sistema de Precios Unitarios, hasta el 50% del monto del contrato original, conforme lo dispuesto en los numerales 205.11 y 205.12 del artículo 205º del reglamento de la ley N° 30225. i) Evaluar la decisión de conciliar o de rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, previo informe técnico de la Subgerencia de Abastecimiento y de la Procuraduría Pública municipal e informe legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. j) Aprobar la designación del árbitro por parte de la entidad, tanto en el Arbitraje Institucional como en el Ad Hoc, conforme lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. k) Evaluar la conveniencia o no de someterse a arbitraje las decisiones de la Junta de Resolución de Disputas considerando criterios de costo bene fi cio y ponderando los costos en tiempo y recursos recurrir a la vía arbitral, así como la expectativa de éxito en dicha vía y los riesgos de no adoptar la decisión; previos informes técnicos del área usuaria, de la Subgerencia de Abastecimiento y de la Procuraduría Municipal, y de ser el caso del área especializada en el objeto de contratación, así como del informe legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica. Artículo Segundo.- DELEGAR, al GERENTE DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS las siguientes facultades administrativas: a) Aprobar los expedientes administrativos de contratación de Bienes, Servicios, Obras y Consultorías para la convocatoria de los diferentes procedimientos de selección incluyendo el método especial de contratación de los catálogos electrónicos de Acuerdo Marco.