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90 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2023 El Peruano / Desarrollo Agrario y Riego, peticiona el reconocimiento del distrito de Honoria de la provincia de Puerto Inca como la capital del maíz amarillo duro, expresando que la producción del maíz amarillo duro a nivel nacional se encuentra en 18 departamentos y Huánuco ocupa el noveno lugar en nivel de producción y a nivel regional son siete provincias las que producen el indicado producto agrícola y es la provincia de Puerto Inca a través del distrito de Honoria con una mayor área sembrada de 5,406 hectáreas durante el año 2022, 5,315 hectáreas cosechadas, con una producción de 21,571 toneladas que dan como resultado un rendimiento de 4.06 toneladas de producción por hectárea sembrada, concluyendo de esta forma que el cultivo del maíz amarillo duro es la principal actividad agrícola de los productores del distrito de Honoria; Que, según Informe N° 0696-2023-GRH/GRAJ de fecha 06 de septiembre de 2023, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, señala que conforme a la normativa pertinente y estando al informe técnico de la O fi cina de Plani fi cación Agraria de la Dirección Regional de Desarrollo Agrario y Riego, así como a la petición del alcalde de la Municipalidad Distrital de Honoria, que es agendar en sesión de Consejo Regional para su deliberación del presente caso, resulta viable derivar el presente expediente administrativo al Consejo Regional a efectos de que la parte interesada exponga y sustente técnicamente su pedido en sesión de consejo; Que, mediante O fi cio N° 482-2023-GRH/GGR de fecha 06 de septiembre de 202, el Gerente General Regional del Gobierno Regional Huánuco, solicita el reconocimiento al distrito de Honoria de la provincia de Puerto Inca como “La Capital Regional del Maíz Amarillo Duro”, para lo cual remite el Informe Técnico y Legal respectivamente; Que, través del Dictamen N° 004-2023-GRH/CR- CODE de fecha 11 de octubre de 2023, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, efectuado el análisis de los actuados, concluye indicando lo siguiente: - La agricultura tiene una gran importancia en la economía en nuestro país, debido a su signi fi cativa contribución a la producción interna y el empleo; así como, por su aporte a la seguridad alimentaria, esencial sobre todo para los países menos industrializados. El crecimiento del sector agrícola ayuda a diversi fi car la economía y reducir la dependencia en las industrias extractivas no renovables, y puede ser un gran impulsor de la reducción de la pobreza en el Perú. - La agricultura puede ser de fi nida como la producción, procesamiento, comercialización y distribución de cultivos vegetales. La agricultura desempeña un papel crucial en la economía de un país; es la columna vertebral de nuestro sistema económico; no sólo proporciona alimentos y materias primas, sino también oportunidades de empleo a una importante cantidad de la población. El desarrollo del sector agrícola conduce a superávit comercializable. A medida que el país se desarrolla, más personas estarán dedicadas a la minería, la manufactura y otros sectores no agrícolas. Todas estas personas dependen de la producción de alimentos que pueden obtener del superávit comercializable. - El maíz amarillo duro constituye uno de los principales enlaces de la cadena agroalimentaria del país, la cual se inicia con su cultivo y termina en las cadenas e industria de carne de aves y cerdos. El maíz amarillo duro es cada vez más requerido por la industria peruana avícola y porcícola. La cadena productiva del maíz amarrillo duro, está compuesta de tres eslabones: el eslabón agrícola, donde la producción nacional se complementa con las importaciones; el eslabón comercial, donde participan los acopiadores, comerciantes mayoristas, minoristas, y el eslabón encargado de la transformación de los granos de maíz en alimentos balanceados para la industria porcina y avícola. - El distrito de Honoria de la provincia de Puerto Inca, constituye el líder en la cadena productiva de maíz amarillo duro en el departamento de Huánuco, por la mayor cantidad de áreas sembradas y áreas cosechadas; por tanto, es necesario realizar el reconocimiento respectivo, con el objeto de dinamizar la producción, el fortalecimiento y la articulación de los actores sociales involucrados, para su posicionamiento en los mercados nacionales y la dinamización de sus economías familiares. Que, habiéndose tratado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 13 de octubre de 2023, el Dictamen N° 004-2023-GRH/CR-CODE de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Huánuco. El máximo Órgano Colegiado aprueba mediante Ordenanza Regional DECLARAR AL DISTRITO DE HONORIA DE LA PROVINCIA DE PUERTO INCA, COMO LA CAPITAL DEL MAÍZ AMARILLO DURO EN EL DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por UNANIMIDAD la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- Declarar, al distrito de Honoria de la provincia de Puerto Inca, como la Capital del Maíz Amarillo Duro en el departamento de Huánuco. Artículo Segundo.- DEROGAR, todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero .- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 24 días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. RAFAEL CÉSPEDES GAMARRA Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 26 días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. ANTONIO L. PULGAR LUCAS Gobernador Regional 2232315-1 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Salud Junín y sus 12 Unidades Ejecutoras y Órganos Desconcentrados ORDENANZA REGIONAL Nº 386-2023-GRJ/CR VISTO: Dictamen Nº 17-2023-GRJ-CPPPATyDI, de fecha 27.10.2023.