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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Jueves 23 de noviembre de 2023 El Peruano / CONSOLIDADO PROYECTO CAP-P-2023 REGION DE SALUD ICA UNIDAD EJECUTORA TOTAL OCUPADA PREVISTA 400SALUD ICA (Dirección Regional de Salud Ica)222 190 32 401HOSPITAL SAN JOSE DE CHINCHA687 427 260 402SALUD PALPA-NASCA (HOSPITAL DE APOYO DE NASCA)415 207 208 403HOSPITAL REGIONAL DE ICA1193 895 298 404HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PISCO550 421 129 405HOSPITAL SANTA MARIA DEL SOCORRO DE ICA619 563 56 406 RED DE SALUD ICA 1030 803 227 407HOSPITAL DE APOYO DE PALPA147 95 52 TOTAL GENERAL 4863 3601 1262 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica y todas sus dependencias descentralizadas. Comuníquese al señor Gobernador de Ica para su promulgación. En la ciudad de Ica, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil veintitrés. LUIS ALBERTO CASTRO MAKABE Consejero DelegadoConsejo Regional de Ica POR TANTORegístrese, comuníquese y cúmplase.Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica a los DIECISÉIS días del mes de noviembre de dos mil veintitrés. JORGE CARLOS HURTADO HERRERA Gobernador Regional de Ica 2236961-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Dirección Regional de Salud Moquegua y sus Unidades Ejecutoras CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 17-2023-CR/GRM 10 de noviembre de 2023POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Extra Ordinaria Nº 27-2023-CR/GRM, llevada a cabo en fecha 10 de noviembre del 2023, aprobó el Dictamen Nº 10-2023--GRM/CR/CPPOT, presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) 2023 de la Dirección Regional de Salud y Unidades Ejecutoras; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8°, prevé que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15° literal a), establece como una atribución del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo, el artículo 38° prescribe que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal-CAP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE se deroga el Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GPGSC y se aprobó la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro Para Asignación de Personal Provisional”, que establece y precisa normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones. No obstante, la referida Directiva ha regulado la fi gura del CAP Provisional como un documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones, según corresponda; Que, las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles de gobierno se encuentran establecidas en los Anexos Nº1, Anexo N° 02, Anexo N° 03, Anexo N° 04, Anexo N° 05 y Anexo N° 06 de la citada directiva. El CAP Provisional solo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo 4 de la misma Directiva; Que, el numeral 5.2.1. de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH señala dentro de las responsabilidades de SERVIR emitir opinión sobre las propuestas de CAP Provisional; y en su que, de darse la opinión favorable, dicha aprobación será comunicada mediante o fi cio por SERVIR para que se gestione su aprobación y posterior publicación en el Diario O fi cial El Peruano mediante Ordenanza Regional.