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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 23 de noviembre de 2023 El Peruano / En el reverso de la moneda, se muestra una imagen en cuya composición se aprecia la fachada de la Escuela de O fi ciales como fondo y en primer plano el pórtico de ingreso al recinto con el escudo representativo de la Escuela de O fi ciales. Asimismo, se observa bordeando la moneda la leyenda “CENTENARIO DE LA ESCUELA DE OFICIALES FUERZA AÉREA DEL PERÚ”, y el periodo que se conmemora “1923 - 2023”. En el anverso, fi gura el Escudo de Armas, el texto “BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ”, el año de acuñación y la denominación “UN SOL”. Artículo 2.- Otorgar curso legal a esta moneda, la misma que estará en circulación desde el 23 de noviembre de 2023. Artículo 3.- Difundir el precio de esta moneda en el portal del Banco (https://tiendavirtual.bcrp.gob.pe/tiendabcrp/), el cual será reajustado de acuerdo con la evolución de los costos. EDUARDO TORRES LLOSA VILLACORTA Gerente General 2237463-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 013-2023/DP Lima, 22 de noviembre de 2023VISTO:El Memorando Nº 0852-2023-DP/OPP que adjunta el documento denominado: “Informe Técnico Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo”, el “Proyecto de Modi fi catoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo” y el Memorando Nº 576-2023-DP/PAD; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú, se constituye a la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, aprobada por la Ley Nº 26520 y sus modi fi catorias y mediante Resolución Defensorial Nº 007-2019/DP, y sus modi fi catorias, se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprobaron los “Lineamientos de Organización del Estado”, y modi fi catorias, en adelante los Lineamientos, con el objeto de regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00010-2021-PCM-SGP, se aprobó la Directiva Nº 002-2021-SGP “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, en adelante la Directiva, la cual tiene por objeto regular el trámite de aprobación de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, así como el procedimiento de emisión de la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública en el marco de la aprobación de un proyecto normativo en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, normativa que según su artículo 3º es de aplicación obligatoria para las entidades a las que se refi ere el artículo 3º de los Lineamientos; Que, el artículo 3º de los Lineamientos dispone que son aplicables a los organismos constitucionalmente autónomos, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo establecido sus leyes orgánicas; Que, según lo dispuesto por el artículo 43º de los Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones constituye un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, que contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 007- 2019/DP, de fecha 02 abril de 2019, se aprobó el vigente Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, modi fi cado con Resolución Defensorial Nº 004-2022/DP de fecha 11 de febrero de 2022 y con Resolución Defensorial Nº 009-2022/DP de fecha 23 de junio de 2022; Que, mediante Memorando Nº 0033-2023-DP/ANA, la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia solicitó a la Primera Adjuntía: “(…) la propuesta de creación, de acuerdo con nuestra competencia defensorial, del “Programa de Defensa de los Derechos de Niñas y Niños con Madres Internadas en Establecimientos Penitenciarios”. Esta medida se sustenta en estas consideraciones: (…) Con base en lo señalado, la Defensoría del Pueblo cuenta, mediante la ANA, con un órgano de línea especializado en la temática de niñas, niños y adolescentes, que tiene los enfoques, la experiencia y el conocimiento requeridos para la promoción y defensa de derechos de la aludida población, que requiere atención diferenciada y especializada, conforme lo señala el Comité de los Derechos del Niño y las normas internas. Por ende, resulta competente para tratar –desde un enfoque de derechos humanos de la niñez y adolescencia y acorde con el rol defensorial– la problemática de la diversidad de personas menores de edad considerando sus condiciones y circunstancias, entre ellas, niñas/os con madres internadas en establecimientos penitenciarios. (…)”; Que, mediante Memorando Nº 449-2023-DP/PAD, la Primera Adjuntía re fi ere y solicita a la Secretaría General lo siguiente: “(…) la Primera Adjuntía sugiere que el nombre del programa se denomine “Rompiendo Cadenas”, el cual ha sido difundido a la ciudadanía y a las entidades del Estado, siendo de conocimiento público. En ese sentido, al existir una identi fi cación con el tema y el nombre, debería mantenerse el mismo. // Por ello, agradeceré se sirva realizar las acciones administrativas que correspondan para atender lo solicitado.”; Que, es preciso indicar que, mediante comunicación electrónica, la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia de la Defensoría del Pueblo, emite su conformidad a la propuesta fi nal presentada por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Memorando Nº 576-2023-DP/PAD, la Primera Adjuntía re fi ere y solicita a la Secretaría General lo siguiente: “(…) de acuerdo a las reuniones de trabajo sostenidas por la Alta Dirección y en el marco de las funciones de la Primera Adjuntía, se solicita gestionar con la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto la modi fi catoria de la estructura orgánica del Reglamento de Organización y Funciones, respecto a la creación de distintos órganos // Asimismo, es importante señalar que la propuesta de modi fi cación tiene por fi nalidad mejorar la organización interna y contribuir al logro de los objetivos institucionales. // En tal sentido, solicito a su despacho se sirva remitir a quien corresponda, el referido documento para el trámite correspondiente. (…)”; Que, mediante proveído recaído en el Memorando Nº 0576-2023-DP/PAD, Secretaría General solicita a la O fi cina de Asesoría Jurídica y a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto informar sobre la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo; Que, posteriormente, mediante Memorando Nº 0852- 2023-DP/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remite a la Secretaría General el “Informe Técnico Sustentatorio para la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Defensoría del Pueblo”, precisando lo siguiente: “(…) el mismo ha sido formulado a partir de la propuesta presentada por la Adjuntía para la Niñez y la Adolescencia; el cual