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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Jueves 23 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza el nombramiento de hasta el 100% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del MINSA, sus organismos públicos y UE de los GORE y las CLAS, a los que se re fi ere la Ley N° 30957, lo que incluye los porcentajes establecidos en el artículo 1 de la Ley N° 30957, en el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y en el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Que, en lo dispuesto en la sexagésima novena disposición complementaria fi nal de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del sector público para el año fi scal 2023, que autoriza el nombramiento hasta el veinte por ciento (20%), de los profesionales de la salud, técnico y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales, contratados al 31 de julio del 2022 bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057; y se encuentren registrados en el AIRHSP a la entrada en vigencia de la dicha ley, así como el nombramiento del 100% del personal de la salud, contratado en plaza presupuestada vacante y que percibe sus ingresos en el marco del Decreto Legislativo N° 1153. Que, teniendo en cuenta que el proceso de nombramiento que desarrollan las diversas Unidades Ejecutoras del Sector Salud a nivel nacional se realiza conforme a la relación nominal que aprueba el citado ministerio, conviene señalar que considerando el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020/MINSA y su modi fi catoria, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos (OGGRH) del MINSA emitió la Resolución Directoral N° 666-2021-OGGRH/MINSA, corregida mediante Resolución Directoral N° 781-2021-OGGRH/MINSA, que aprobó la relación nominal de hasta el 20% del personal de la salud declarado apto al nombramiento para el año fi scal 2021, así como la Resolución Directoral N° 074-2022-OGGRH/MINSA en la que aprueba la lista nominal del personal de salud declarado apto para el proceso de nombramiento efectuarse durante el año fi scal 2022 y que comprende a las Unidades Ejecutoras 400 Salud Moquegua, 401 Salud Ilo y 402 Hospital Regional Moquegua. Que, mediante O fi cio Nº 000825-2023-SERVIR-PE de fecha 27 de Octubre del 2023 el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, remite la Opinión Técnica favorable del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Salud Moquegua y sus 3 Unidades Ejecutoras, contenido en el Informe Técnico Nº 000181-2023-SERVIR-GDSRH y conforme a sus conclusiones: “8.1 El presente Informe Técnico contiene la opinión técnica favorable respecto a las propuestas de CAP Provisional de las unidades ejecutoras y órganos desconcentrados de la DIRESA Moquegua, en el marco de las funciones que le asiste a la GDSRH, en su calidad de órgano de línea del ente rector del SAGRH. 8.4 Los cargos estructurales que las unidades ejecutoras y órganos desconcentrados de la DIRESA Moquegua proponen para dar cumplimiento al proceso de nombramiento 2023 concuerdan con el número de PEAS establecido en la relación nominal aprobada mediante la Resolución Directoral N° 133-2023-OGGRH/MINSA y modi fi catoria, que aprueba la relación nominal de declarados aptos para el nombramiento, considerados en el Anexo 1-A de la Resolución Ministerial N° 280-2020-MINSA y modi fi catorias, cuyo nombramiento corresponde efectuarse durante el ejercicio fi scal 2023, en el marco de lo dispuesto en el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Asimismo, lo propuesto concuerda con la relación nominal aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 764-2023-MINSA, que aprueba la relación nominal de declarados aptos para el nombramiento según lo autoriza la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638. Cabe indicar que las denominaciones de los cargos estructurales concuerdan con aquellas aprobadas en la citada relación nominal y con las establecidas en el MCC del MINSA. 8.5. Las propuestas de CAP Provisional de las unidades ejecutoras y órganos desconcentrados de la DIRESA Moquegua, sobre la cual se emite opinión favorable en el presente informe, se ha formulado sobre la base de los CAP Provisional actualizados y aprobados por resolución directoral del director general de dicha entidad, por lo que debe considerarse que las acciones de reordenamiento allí realizadas son responsabilidad de la entidad, de acuerdo a lo indicado en el numeral 5.2.1 del presente Informe Técnico”; el cual da opinión favorable según Anexo N° 01 Aplicación del Supuesto 2 de la U.E. N° 400 Dirección de Red de Salud Moquegua, U.E. N° 401 Dirección de Red de Salud Ilo, Hospital Ilo y U.E. N° 402 Hospital Regional Moquegua. Que, mediante O fi cio Nº 000835-2023-SERVIR-PE de fecha 02 de Noviembre del 2023, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, remite la Opinión Técnica favorable del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Salud Moquegua, contenido en el Informe Técnico Nº 000209-2023-SERVIR-GDSRH y conforme a sus conclusiones: “8.1 El presente Informe Técnico contiene la opinión técnica favorable respecto a la propuesta de CAP Provisional de la DIRESA Moquegua en el marco de las funciones que le asiste a la GDSRH, en su calidad de órgano de línea del ente rector del SAGRH. 8.4 Los cargos estructurales que la DIRESA Moquegua propone para dar cumplimiento al proceso de nombramiento 2023 concuerdan con el número de PEAS establecido en la relación nominal aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 764-2023-MINSA, que aprueba la relación nominal de declarados aptos para el nombramiento según lo autoriza la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la de la Ley N° 31638. Cabe indicar que las denominaciones de los cargos estructurales concuerdan con aquellas aprobadas en la citada relación nominal y con las establecidas en el MCC del MINSA. 8.5 La propuesta de CAP Provisional de la DIRESA Moquegua sobre la cual se emite opinión favorable en el presente informe se ha formulado sobre la base del CAP Provisional actualizado y aprobado por resolución directoral del director general de dicha entidad, por lo que debe considerarse que las acciones de reordenamiento allí realizadas son responsabilidad de la entidad, de acuerdo a lo indicado en el numeral 5.2.1 del presente Informe Técnico”; el cual da opinión favorable según Anexo N° 01 Aplicación del Supuesto 2 a la U.E. N° 400 Dirección Regional de Salud Moquegua. Que por Ordenanza Regional N° 011-2021-CR/GRM de fecha 27 de agosto del 2021 se aprobó la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Moquegua; considerando en su estructura “la Gerencia Regional de Desarrollo Social “que tiene adscrita a la Dirección Regional de Salud. Que, por Ordenanza Regional N° 007-2017-CR/ GRM de fecha 28 de septiembre del 2017, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Gerencia Regional de Salud de Moquegua y sus órganos desconcentrados, que consta de seis (6) Títulos, veintiocho (28) artículos, una (01) Disposición Transitoria y Final. Que, por Ordenanza Regional N° 015-2023-CR/ GRM de fecha 21 de septiembre del 2023 que deroga la Ordenanza Regional N° 007-2017-CR/GRM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama de la Dirección Regional de Salud de Moquegua; quedando subsistentes los Artículos 19, 20 y 21, los cuales mantienen su vigencia, que en su artículo segundo dispone que el Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Salud Moquegua-DIRESA Moquegua, aprobado por Decreto Regional N° 002-2023-GR/MOQ entre en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial el Peruano Que, mediante Dictamen N° 10-2023-GRM/CR/ CPPOT los miembros de la comisión por mayoría, dictaminaron aprobar la propuesta normativa con algunas modi fi caciones, contenida en la Ordenanza Regional que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Dirección Regional de Salud Moquegua y sus tres (3) Unidades Ejecutoras;