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48 NORMAS LEGALES Viernes 24 de noviembre de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, Mediante Resolución Nº 064-2015-SUNARP/ SN del 23 de marzo de 2015, se aprobó el nuevo Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos – Sunarp; y, con Resolución Nº 140-2022-SUNARP/SN del 29 de septiembre de 2022, se aprobó la actualización del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos (V.02); Que, a través de la Resolución Nº 210-2022-SUNARP/ GG del 4 de julio de 2022, se aprueba la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM denominada “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos de la Sunarp” (en adelante, la Directiva), documento normativo que tiene como objetivo establecer las disposiciones para la formulación, aprobación, emisión, revisión, actualización y derogación de los documentos normativos de la Sunarp; Que, en el numeral 4.1 del Capítulo IV de la Directiva se de fi ne el término actualización, indicando que es el resultado de una nueva versión 1 de un documento normativo, en mérito a una modi fi cación parcial o total de la misma; Que, de conformidad con el subnumeral 7.9.2 del Capítulo VII de la Directiva, los Órganos y Unidades Orgánicas proponentes son los responsables de conducir la revisión, proponer la actualización por inconsistencias, posibilidad de mejora o derogación de los Documentos Normativos, remitiendo la propuesta a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en el caso de Zonas Registrales, para su evaluación y emisión de opinión técnica. Posteriormente, dicha propuesta será remitida a la O fi cina de Asesoría Jurídica o la Unidad de Asesoría Jurídica según sea el caso, para la opinión jurídica correspondiente; Que, según lo dispuesto en los literales h) y r) del artículo 49 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Nº 035-2022-SUNARP/SN, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos es el órgano de apoyo responsable de gestionar el proceso de incorporación del personal de la entidad, que involucra la selección, vinculación, inducción y el período de prueba, así como velar por el cumplimiento y actualización de la normativa vigente relativa al acceso a la función registral; Que, mediante Informe Nº 470-2023-SUNARP/DTR del 20 de noviembre de 2023, la Dirección Técnica Registral efectúa una propuesta de modi fi cación del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos, atendiendo al pedido de actualización del citado Reglamento realizado por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; Que, en el marco de sus funciones establecidas en el citado Reglamento de Organización y Funciones, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos, mediante Informe Técnico Nº 231-2023-SUNARP/OGRH del 21 de noviembre de 2023, solicita la actualización del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos, proponiendo la modi fi cación de los artículos 7, 8, 9, 21, 22, 24, 27 y 34, tal y conforme lo detalla en el Anexo 07: Cuadro de control de cambios que adjunta; Que, por su parte, con Memorándum Nº 1727-2023-SUNARP/OPPM del 21 de noviembre de 2023, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización adjunta y hace suyo el Informe Nº 321-2023-SUNARP/ OPPM/UPL del 21 de noviembre de 2023, emitido por la Unidad de Planeamiento quien señala que el referido proyecto cumple con lo especi fi cado en el Anexo Nº 2: Clasi fi cación y estructura general de los documentos normativos y Anexo 7: Cuadro de control de cambios, de la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos de la Sunarp”; Que, mediante el Informe Nº 1099-2023-SUNARP/ OAJ del 21 de noviembre de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre el proyecto de actualización del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos (V.03), elaborado por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, en su condición de órgano proponente y, revisado por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en su condición de órgano técnico; Que, asimismo el órgano de asesoramiento señala que el acto resolutivo se deberá materializar mediante una Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el sub numeral 6.5.1 del Capítulo VI de la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM, aprobada mediante Resolución Nº 210-2022-SUNARP/GG, y en el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Resolución Nº 035-2022-SUNARP/SN. Precisa que el citado acto resolutivo debe ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; De conformidad con lo dispuesto en el sub numeral 6.5.1 del Capítulo VI de la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM, aprobada mediante Resolución Nº 210-2022-SUNARP/GG, y en el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Resolución Nº 035-2022-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos Aprobar la modi fi cación de los artículos 7, 8, 9, 21, 22, 24, 27 y 34 del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos, actualizado con Resolución Nº 140-2022-SUNARP/SN del 29 de septiembre de 2022, conforme al detalle que consta en el Anexo Nº 7: Cuadro de control de cambios”, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Actualización del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos Aprobar la actualización del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos (V.03), cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Publicación El documento normativo aprobado mediante el artículo 2 de la presente resolución, es publicado en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad, el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 1 Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM, denominada “Directiva que Regula la Emisión de los Documentos Normativos de la Sunarp”, aprobada mediante Resolución Nº 210-2022-SUNARP/GG. “ IV.- De fi nición de Términos y Abreviaturas (...) 4.22 Versión: Se re fi ere al documento actualizado, se representa con un número que denota el número de veces que el DN se ha actualizado.” 2237581-1